El próximo 28 de mayo se llevarán a cabo las elecciones municipales y autonómicas en Valencia, para las cuales se convocarán a 8.595 vecinos y vecinas de la ciudad para formar parte de las 955 mesas electorales que se constituirán. La formación de las mesas electorales corresponde a los ayuntamientos, bajo la supervisión de las juntas electorales de zona, y los cargos de presidente y vocales deben ser designados por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de cada una.
Proceso de selección de los miembros de las mesas electorales
El sorteo para determinar quiénes serían los vecinos de Valencia que asumirán este derecho y obligación legal se llevó a cabo en el hemiciclo del Ayuntamiento. El alcalde Joan Ribó presidió el sorteo, que determinó la composición de las 955 mesas electorales que se instalarán en un total de 263 colegios electorales de la ciudad, con 592 secciones censales.
El proceso de selección de los miembros de las mesas electorales se llevó a cabo mediante una aplicación informática que requiere dos números de dos cifras cada uno. Los concejales Pere Fuset y Rafael Pardo extrajeron cuatro bolas numeradas de una bolsa, de manera aleatoria, con lo que resultaron los números 06 y 75. Ambas cifras se introdujeron en la aplicación informática específica que, mediante un algoritmo matemático, determinó el coeficiente de salto en la lista de electores y el número de veces que se debe barajar la lista de electores obtenida del proceso anterior. El resultado final determinó la designación de cada uno de los componentes (un presidente y dos vocales) y sus correspondientes suplentes de cada mesa electoral.
Requisitos para formar parte de las mesas electorales
Para formar parte de las mesas electorales, es necesario saber leer y escribir y tener menos de 70 años, aunque se puede renunciar a partir de los 65 años. Las personas que ejerzan la presidencia deben estar en posesión del título de bachiller o el de formación profesional de segundo grado o, subsidiariamente, el de graduado escolar o equivalente.
No pueden ocupar la presidencia ni las vocalías las personas que concurren a las elecciones como candidatas. Aquellos ciudadanos y ciudadanas a quienes el azar haya deparado esta responsabilidad recibirán en los próximos días la correspondiente notificación, junto a un manual de instrucciones sobre sus funciones. Disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo.
Elecciones autonómicas
En la misma jornada del 28M se celebran también elecciones autonómicas para la constitución de Les Corts. El censo de personas electoras convocadas está integrado por las personas que componen el censo electoral de la ciudad, es decir, 574.274 electores, más el censo electoral valencianos residentes en el extranjero, que suma 36.961 electores. Con lo que el censo