El Ministerio del Interior presenta el Anteproyecto de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil al Pleno de la Comisión Nacional
El subsecretario del Ministerio del Interior ha presidido la XXXVIII reunión del Pleno de la Comisión Nacional de Protección Civil en la que se ha presentado el Anteproyecto de Ley para el preceptivo informe
Se ha emitido informe favorable al proyecto de Real Decreto de medidas de control de riesgo de accidentes graves con sustancias peligrosas que actualiza las medidas de prevención para salvaguardar la salud de las personas, bienes y medio ambiente
También se han informado favorablemente las Instrucciones técnicas de dos Reglamentos, el de Artículos pirotécnicos y cartuchería y el de Explosivos
El subsecretario del Ministerio del Interior, Luis Aguilera, ha presidido la XXXVIII reunión del Pleno de la Comisión Nacional de Protección Civil que se ha celebrado esta mañana en la sede del Ministerio del Interior, en Madrid.
En este encuentro han estado presentes, por parte de la Administración General del Estado, el director general de Protección Civil y Emergencias, Juan Díaz Cruz, junto a altos cargos de 13 Ministerios y del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). Por parte de las Comunidades Autónomas, han participado directores generales y altos responsables de Protección Civil, junto a representantes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).
Anteproyecto de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil
Una vez aprobado en Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil, el pasado 29 de agosto, el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, presenta el citado Anteproyecto para el preceptivo informe del Pleno de la Comisión Nacional.
Tras este informe, y junto con su paso por la Comisión Nacional de Administración Local, el texto quedará listo para su aprobación por parte del Gobierno como Proyecto de Ley y su posterior trámite parlamentario.
El presente Anteproyecto, cuyo antecedente es la Ley 2/1985, de 21 de enero, trata de reforzar los mecanismos que potencien el funcionamiento del sistema nacional de protección de los ciudadanos ante emergencias y catástrofes y, al mismo tiempo, poner mayor énfasis en la prevención de las situaciones de emergencia y hacer posible el mejor cumplimiento de los compromisos asumidos en el ámbito internacional y de la Unión Europea, con el fin de afrontar de forma rápida y eficaz estas situaciones.
En definitiva, viene a actualizar el ordenamiento jurídico en base a la experiencia adquirida, teniendo en cuenta los desarrollos que ha sufrido la Ley del 85 y los compromisos asumidos por España en el marco internacional, respetando en todo caso las competencias de las Comunidades Autónomas en sus Estatutos de Autonomía y de las Entidades Locales.
El nuevo texto consta de 49 artículos, estructurados en seis títulos. Define lo que se entiende por protección civil y señala que el Sistema Nacional de Protección Civil integra la actuación de las Administraciones Públicas para garantizar una respuesta coordinada y eficiente, mediante:
- La prevención de riesgos colectivos
- La planificación de medios para afrontarlos
- La intervención inmediata en caso de emergencia
- El restablecimiento de infraestructuras y servicios esenciales
- El seguimiento y evaluación del Sistema para garantizar un funcionamiento eficaz y armónico
Asimismo, establece que los poderes públicos promoverán la formación y el desarrollo de la competencia técnica en la materia y que la Escuela Nacional de Protección Civil será la encargada de entrenar y formar al personal de los servicios de protección civil de la Administración General del Estado, así como de desarrollar acciones de I+D+i y colaborar en las actuaciones formativas del Mecanismo Europeo de Protección Civil.
Proyecto de Real Decreto de medidas de control de riesgos de accidentes graves con sustancias peligrosas
El proyecto de Real Decreto de medidas de control de riesgos de accidentes en los que intervengan sustancias peligrosas ha sido presentado al Pleno, que ha emitido su informe favorable.
Este Real Decreto incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva del Parlamento Europeo Seveso III, relativa a accidentes graves con sustancias peligrosas.
La norma tiene por objeto salvaguardar la salud de las personas, los bienes y el medio ambiente cuando se produzcan accidentes en los que intervengan este tipo de sustancias. Las disposiciones de este texto modifican y amplían las ya establecidas en la normativa vigente y se aplicarán a los establecimientos que almacenen, manipulen o procesen sustancias peligrosas por encima de una determinada cantidad definida en esta norma.
Además de medidas en materia de protección civil, tales como la elaboración de planes de emergencia, la realización de simulacros o la información a la población afectada por un accidente grave en el que hayan intervenido sustancias peligrosas, el Real Decreto contempla otros aspectos vinculados a la seguridad industrial.
Instrucciones Técnicas para la aplicación del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería y el Reglamento de Explosivos
El Pleno ha emitido informe favorable a las Instrucciones Técnicas Complementarias, nº10, en materia de prevención y control de accidentes graves, para la aplicación de dos Reglamentos: el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería (RAPYC) y el Reglamento de Explosivos (RE).
Su objetivo es prevenir los accidentes graves en los que intervengan productos regulados en el presente Reglamento, así como limitar sus consecuencias sobre la salud humana, los bienes y el medio ambiente.
Se aplicarán en los talleres y depósitos de pirotecnia y cartuchería en los que pueda originarse un accidente grave, tanto dentro como fuera del establecimiento, cuando la presencia real o potencial de una o varias sustancias explosivas o peligrosas superen los umbrales establecidos; así como en fábricas, instalaciones, talleres y depósitos de materias reglamentadas en los que pueda originarse un accidente grave cuando las cantidades máximas de sustancias explosivas presentes en el establecimiento, o que pudieran estarlo, superen los umbrales establecidos.
No serán de aplicación al transporte por carretera, ferrocarril, navegación interior o marítima, ni a su almacenamiento temporal intermedio directamente relacionado con él.
5ª reunión del Foro Europeo para la Reducción del Riesgo de Desastres
La Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior ha presentado, para conocimiento de los asistentes, las Conclusiones de la 5ª reunión del Foro Europeo para la Reducción del Riesgo de Desastres, que ha organizado en la Escuela Nacional de Protección Civil.
Las “Conclusiones de Madrid” fijan la posición de la plataforma europea para la Conferencia Mundial de Sendai (Japón), que tendrá lugar del 14 al 18 de marzo de 2015, en la que se marcarán las políticas para el próximo decenio.
Junto a la representante especial de Naciones Unidas, Margareta Walström, han asistido representantes de países europeos e instituciones integrantes del Foro, auspiciado por Naciones Unidas, que ha finalizado con el objetivo principal de desarrollar acciones comunes y sinergias entre la adaptación al cambio climático, el desarrollo sostenible y la reducción del riesgo de desastres.
En el seno de la reunión, se ha concedido el Premio “Damir Čemerin al Cambio Local” al Ayuntamiento de Lorca por las medidas adoptadas para mejorar la calidad de vida de las personas mayores y su capacidad para sobreponerse a los efectos del terremoto de 2011.