El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha decidido no abrir juicio oral y ha ordenado el archivo provisional de la investigación contra la exvicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, y varios de sus excolaboradores, quienes enfrentaban acusaciones de encubrir los abusos sexuales cometidos por el exmarido de Oltra. Esta decisión llega tres años después de la dimisión de Oltra.
El juez ha coincidido con la postura del Ministerio Fiscal, que no encuentra elementos que constituyan una infracción penal en las acciones de Oltra, quien también fue exconsellera y exportavoz del anterior gobierno del Botànic, así como de otras 14 personas. En su resolución, el magistrado sostiene que no hay indicios de que los acusados hayan incurrido en delitos penalmente relevantes.
El juez ha respaldado su decisión haciendo referencia al auto previo mediante el cual ya había decidido el sobreseimiento provisional del caso, que luego fue revocado por la Audiencia Provincial de Valencia. Argumenta que las acusaciones se fundamentan en conjeturas y sospechas que no pueden convertirse en pruebas de cargo. Afirma que nadie debe ser juzgado sin un indicio racional de criminalidad y, en este caso, no se aprecia tal indicio en la conducta de los implicados.
El juez también menciona que, pese a respetar el derecho de acción como expresión del derecho a la tutela judicial efectiva, no entrará a valorar las acusaciones que no se alinean con los hechos recogidos en el auto que marcó la continuación de la causa en su fase intermedia.
En mayo pasado, la Audiencia de Valencia había ordenado el sobreseimiento de la causa para la exdirectora territorial de la Conselleria de Igualdad en Castellón y Valencia, al no encontrar relevancia penal en su supuesta implicación. Sin embargo, rechazó los recursos de otros seis altos cargos. Así, la Audiencia había mantenido el procesamiento de Oltra —quien no recurrió— y de 14 personas más, que formaban parte del personal de su departamento.
La causa fue reabierta en junio de 2024 por orden de la Audiencia tras estimar los recursos presentados por Vox y Gobierna-te. El juez continuó con el procedimiento conforme a lo dispuesto por la Audiencia, que consideró que, en un principio, no se podía descartar una posible infracción penal relacionada con el incumplimiento del deber de denuncia y protección a la menor tutelada por la Generalitat. En aquel momento se señaló que las circunstancias de los hechos debían ser aclaradas en un juicio oral.