28 de abril de 2026
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El Gobierno obligará a las empresas a realizar reconocimientos médicos desde el inicio del contrato

La reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales introduce exámenes de salud obligatorios y refuerza la protección de trabajadores y menores

València, 28 de abril de 2026 — El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, una actualización de la normativa vigente desde 1995 que introduce nuevas obligaciones para las empresas, entre ellas la realización de reconocimientos médicos a los trabajadores desde el inicio del contrato.

La reforma, impulsada por el Ministerio de Trabajo que dirige Yolanda Díaz y acordada con los sindicatos CCOO y UGT, llega en un contexto marcado por el aumento de la siniestralidad laboral. En los dos primeros meses de 2026, 104 trabajadores han fallecido en accidentes laborales, seis más que en el mismo periodo del año anterior, según datos provisionales.

Reconocimientos médicos obligatorios desde el inicio

Uno de los cambios más relevantes es la obligación empresarial de garantizar la vigilancia de la salud física y mental de los trabajadores. Para ello, las empresas deberán realizar exámenes médicos laborales en distintos momentos:

  • Al inicio de la relación laboral
  • De forma periódica durante el contrato
  • Tras ausencias prolongadas por motivos de salud

Además, el texto contempla la implantación de protocolos de reincorporación al trabajo, que incluirán en determinados casos la actualización de la formación en prevención de riesgos laborales.

Durante la presentación de la medida, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, subrayó la gravedad de la situación: “Han muerto 735 personas en su puesto de trabajo. No es ninguna broma. Esta ley va de que nadie muera en su trabajo”.

Nuevas restricciones laborales para menores

La reforma también introduce una actualización de las actividades laborales prohibidas para menores de entre 16 y 18 años, modificando una normativa que se mantenía prácticamente sin cambios desde 1957.

Entre las nuevas limitaciones, los menores no podrán trabajar en:

  • Recintos con animales peligrosos o venenosos
  • Actividades relacionadas con el sacrificio industrial de animales
  • Empleos en los que el salario dependa del rendimiento
  • Espacios con exposición a contenidos pornográficos o violentos

Asimismo, se refuerzan las restricciones en trabajos que superen sus capacidades físicas o psicológicas o que impliquen el uso de maquinaria peligrosa.

Refuerzo de la prevención de riesgos laborales

Estas medidas se suman a otras ya existentes, como la prohibición de trabajos con exposición a radiaciones, sustancias tóxicas o agentes cancerígenos, así como actividades en minería, construcción con riesgo de caída, alta tensión eléctrica o manipulación de explosivos.

Con esta reforma, el Gobierno pretende reforzar la prevención de riesgos laborales en España, adaptando la normativa a las nuevas realidades del mercado laboral y mejorando la seguridad y salud en el trabajo, una de las principales preocupaciones del ámbito laboral.

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