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El tribunal considera probado que el acusado desconocía la edad real de la chica cuando comenzaron la relación en 2021
La Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto a un hombre de 51 años acusado de un delito de agresión sexual a una menor de 16 años con la que inició una relación en Villajoyosa cuando ella tenía 10 años. La resolución considera acreditado que el procesado no conocía la edad real de la menor al comienzo de la relación.
La sentencia ha sido dictada por la Sección Décima de la Audiencia de Alicante tras el juicio celebrado el pasado 2 de julio y todavía puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en un plazo de diez días.
El tribunal estima que el acusado desconocía la edad de la menor
Según recoge la resolución, tanto el acusado como la menor manifestaron durante el juicio que ella le dijo que era mayor de edad.
La Audiencia valora asimismo que la menor mostraba, según la sentencia, una “gran experiencia vital” y considera probado que el hombre desconocía su edad real en el momento en el que se inició la relación.
El tribunal también tiene en cuenta que ambos continuaron juntos y terminaron formando una familia, de la que nació una hija.
La relación comenzó en noviembre de 2021
Los hechos analizados se remontan a noviembre de 2021, cuando comenzó la relación entre ambos.
La sentencia señala que la menor había crecido en un entorno desestructurado y que había sido víctima de una presunta agresión sexual por parte de un tío. La propia chica declaró que cuando conoció al acusado se encontraba en una situación próxima al abandono.
La convivencia continuó posteriormente en un domicilio de Villajoyosa.
El absentismo escolar y el nacimiento de una hija activaron el protocolo
Durante el periodo de convivencia, la menor dejó de acudir a clase y posteriormente tuvo una hija con el acusado.
Estas circunstancias llevaron a que se activaran los mecanismos de protección correspondientes y se presentara una denuncia de oficio.
El centro educativo comunicó la falta de asistencia de la menor y, posteriormente, la inscripción del nacimiento de la bebé en el Registro Civil contribuyó a que se iniciaran las actuaciones.
La sentencia todavía puede recurrirse
La Audiencia ha decidido finalmente absolver al acusado al considerar probado el desconocimiento de la edad real de la menor cuando comenzó la relación.
La resolución no es firme. Puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana dentro del plazo de diez días establecido para presentar recurso de apelación.


