25 de octubre de 2026
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Compromís denuncia ante Antifraude los contratos de la Exaltación de las Falleras Mayores de Valencia de 2024 y señala posibles irregularidades en la Junta Central Fallera

Pere Fuset cuestiona el fraccionamiento de contratos de sonido, iluminación y grabación, los plazos inferiores a 48 horas para presentar ofertas y la adjudicación de un espectáculo musical cuyo coste, según la formación, multiplicó por más de seis el del año anterior. La denuncia también plantea dudas sobre quién coordinó técnicamente las exaltaciones y cómo se pagó ese trabajo.

Valencia, 24 de octubre de 2026. La contratación de los actos de Exaltación de las Falleras Mayores de Valencia de 2024 ha llegado a la Agencia Valenciana Antifraude. El concejal de Compromís Pere Fuset ha presentado una denuncia para que se examinen posibles irregularidades en varios expedientes tramitados por la Junta Central Fallera (JCF), presidida por el concejal de Fallas, Santiago Ballester.

La denuncia se dirige a actuaciones realizadas durante el mandato del gobierno municipal de PP y Vox, encabezado por la alcaldesa María José Catalá, y cuestiona tanto la contratación de servicios técnicos como la adjudicación de determinados espectáculos artísticos.

Según la documentación y las afirmaciones difundidas por Compromís, algunas contrataciones se habrían impulsado apenas unas horas antes de los actos, mientras que determinadas empresas habrían dispuesto de menos de 48 horas para presentar sus ofertas.

La coalición valencianista considera que estos hechos justifican la intervención del organismo autonómico de prevención y lucha contra el fraude.

Por el momento, la información conocida recoge la presentación de la denuncia, pero no una resolución de Antifraude que confirme las irregularidades señaladas.

Contratos de sonido, iluminación y grabación bajo sospecha

Uno de los principales aspectos cuestionados es la contratación de los servicios técnicos necesarios para celebrar las exaltaciones.

Estos trabajos incluyen elementos esenciales para el desarrollo de los actos, como la sonorización, la iluminación y la grabación audiovisual.

Compromís compara el procedimiento utilizado en 2024 con el seguido en la Exaltación de 2019, celebrada también en el Palau de la Música.

Según la formación, en 2019 los servicios de sonido e iluminación se contrataron conjuntamente mediante un procedimiento con concurrencia pública.

En cambio, sostiene que en 2024 se recurrió a varios contratos menores separados, cada uno con un importe situado por debajo del límite legal correspondiente.

La coalición pide que se examine si esa división respondía a necesidades contractuales diferenciadas o si pudo utilizarse para evitar un procedimiento de adjudicación más exigente.

La utilización de contratos menores está prevista en la legislación española. Lo que debe comprobarse es si se cumplieron sus requisitos y si existió o no un fraccionamiento indebido del objeto contractual.

¿Qué es el fraccionamiento irregular de contratos?

La Ley de Contratos del Sector Público establece que no puede dividirse artificialmente un contrato con la finalidad de reducir su cuantía y eludir las exigencias de publicidad o los procedimientos de adjudicación correspondientes.

En los contratos menores de servicios y suministros, el umbral general de valor estimado es inferior a 15.000 euros, sin incluir el IVA.

Sin embargo, contratar servicios relacionados mediante expedientes diferentes no constituye automáticamente una irregularidad.

Para determinarlo es necesario estudiar si los trabajos podían contratarse de manera independiente, cuál era su finalidad y si existía una unidad funcional entre ellos.

Precisamente estas circunstancias forman parte de las cuestiones que Compromís pretende someter a examen.

La información publicada no facilita los importes individualizados de todos los contratos técnicos denunciados.

Menos de 48 horas para presentar ofertas

Otro de los puntos señalados por Fuset es el tiempo concedido a las empresas para presentar sus presupuestos.

Según Compromís, las compañías consultadas dispusieron de menos de 48 horas para formular sus ofertas.

La formación sostiene que las instrucciones municipales aplicables exigían un plazo mínimo de siete días.

De confirmarse que esa obligación resultaba aplicable a los expedientes concretos, la diferencia entre el plazo exigido y el concedido podría resultar relevante para evaluar el procedimiento.

Sin embargo, será necesario examinar las instrucciones vigentes, las fechas de las invitaciones y la documentación de cada contratación.

La coalición añade que algunas empresas presentaron presupuestos fechados dos días antes de recibir formalmente la petición de oferta de la JCF.

Esta circunstancia ha llevado a Fuset a cuestionar la secuencia de los trámites administrativos.

Presupuestos fechados antes de las solicitudes

La denuncia plantea una cuestión especialmente concreta: la existencia, según Compromís, de presupuestos con fechas anteriores a las solicitudes oficiales de oferta.

Si los documentos presentan efectivamente esa secuencia, será necesario aclarar cómo se produjo.

Entre las cuestiones que podrían examinarse figuran las comunicaciones previas, la fecha real de elaboración de las propuestas y su incorporación al expediente.

La diferencia entre las fechas documentales no demuestra por sí sola una adjudicación previamente decidida.

No obstante, constituye un elemento que puede requerir explicaciones administrativas.

Fuset ha utilizado esta circunstancia para cuestionar la transparencia del procedimiento.

El musical «Cineman Sinfónico», otro de los contratos denunciados

La segunda línea de la denuncia afecta a los contratos artísticos.

Compromís señala especialmente el espectáculo «Cineman Sinfónico», contratado para la Exaltación de la Fallera Mayor de Valencia de 2024.

Según la formación, el musical se adjudicó como contrato privado por razones artísticas, sin un procedimiento competitivo.

La coalición cuestiona la justificación utilizada y afirma que la adjudicación se produjo apenas unas horas antes de la celebración del acto.

El espectáculo contó con una formación musical procedente de Madrid y con la participación del cantante Daniel Diges.

La contratación artística mediante procedimientos específicos puede estar legalmente justificada cuando concurren las condiciones previstas en la normativa.

Por tanto, el elemento que debe examinarse es si esas circunstancias estaban suficientemente acreditadas y si el expediente cumplió los requisitos legales.

Un espectáculo que habría costado más de seis veces el anterior

Compromís sostiene que el espectáculo musical de la Exaltación de 2024 tuvo un coste superior a seis veces el de la edición anterior.

Se trata de una de las afirmaciones económicas más relevantes de la denuncia.

Sin embargo, la información difundida no identifica el importe exacto del espectáculo de 2024 ni el coste de referencia utilizado para calcular esa diferencia.

Tampoco permite determinar si ambos contratos incluían exactamente los mismos servicios, duración, personal y necesidades técnicas.

Por ello, la comparación debe presentarse como una afirmación de Compromís pendiente de contrastar con los expedientes completos.

Para conocer el alcance real de la diferencia sería necesario disponer de los presupuestos, facturas y conceptos contratados en ambas ediciones.

¿Quién coordinó técnicamente la Exaltación?

Otra cuestión planteada por la coalición se refiere a la coordinación técnica de los actos.

Compromís asegura que solicitó información a la Junta Central Fallera y que esta respondió por escrito que no existía ningún expediente de contratación específico para ese servicio.

Sin embargo, la formación sostiene que las imágenes de los ensayos muestran a profesionales de una empresa externa realizando funciones de coordinación sobre el escenario.

La denuncia pide esclarecer qué entidad asumió esas tareas y cómo se sufragaron.

La ausencia de un contrato independiente no demuestra necesariamente que el trabajo careciera de cobertura contractual.

Podría estar incluido en otro servicio, aunque esa posibilidad tendría que comprobarse mediante la documentación correspondiente.

El objetivo de la investigación solicitada es aclarar si existía una contratación válida y qué conceptos comprendía.

Santiago Ballester, en el centro de las críticas

La denuncia señala la gestión de Santiago Ballester como concejal de Fallas y presidente de la Junta Central Fallera.

Fuset considera que el responsable municipal debe explicar los procedimientos de contratación utilizados para las exaltaciones de 2024.

También ha reclamado a la alcaldesa María José Catalá que dé explicaciones sobre la supervisión del gasto público en la JCF.

Las acusaciones se producen en el marco de la actividad de fiscalización política desarrollada por Compromís desde la oposición municipal.

Hasta que se conozca una valoración del organismo competente, no puede afirmarse que Ballester haya cometido una infracción administrativa o penal.

El papel de María José Catalá

Compromís también dirige sus críticas a la alcaldesa de Valencia.

La formación considera que el gobierno municipal debe responder por la gestión económica de los actos falleros organizados durante su mandato.

La coalición pide mayor transparencia en los expedientes y explicaciones sobre las decisiones de contratación.

La responsabilidad política de supervisión y la eventual responsabilidad jurídica son cuestiones diferentes.

La primera forma parte del debate institucional y de la fiscalización de la oposición.

La segunda requeriría acreditar hechos concretos y determinar las obligaciones legales aplicables.

¿Qué puede hacer la Agencia Valenciana Antifraude?

La Agencia Valenciana Antifraude tiene entre sus funciones prevenir, detectar e investigar posibles prácticas irregulares relacionadas con la gestión de recursos públicos dentro de su ámbito competencial.

La presentación de una denuncia permite poner hechos en conocimiento del organismo.

No implica automáticamente que se abra una investigación formal ni que se confirmen las sospechas.

La Agencia puede examinar la información recibida y decidir las actuaciones procedentes conforme a su normativa.

En caso de requerir documentación al Ayuntamiento, este deberá atender las obligaciones legales de colaboración aplicables.

La información disponible no confirma todavía una resolución de admisión ni la apertura de actuaciones específicas.

Otra contratación fallera supera los 418.000 euros, según Compromís

La coalición valencianista también ha señalado que continúa recopilando documentación sobre otros actos organizados por la Junta Central Fallera.

Entre ellos menciona los procedimientos relacionados con la elección de candidatas a Falleras Mayores.

Según Fuset, el gasto de este año habría superado los 418.000 euros.

La cifra corresponde a una afirmación de Compromís y no se acompaña en la información difundida de un desglose presupuestario completo.

Tampoco se ha establecido que ese importe constituya por sí mismo una irregularidad.

Para analizarlo sería necesario conocer qué servicios comprende y compararlo con ejercicios anteriores mediante criterios homogéneos.

Las preguntas que deberá aclarar la documentación

La denuncia plantea varias cuestiones que pueden comprobarse a través de los expedientes administrativos.

Una de ellas es si los contratos técnicos respondían a servicios independientes o formaban parte de una prestación que debía contratarse conjuntamente.

Otra es si se respetaron los plazos municipales de presentación de ofertas.

También deberá aclararse la secuencia de fechas de los presupuestos, la justificación de la contratación artística y la cobertura contractual de la coordinación técnica.

Finalmente, resulta relevante conocer el coste completo de las exaltaciones y su comparación con ejercicios anteriores.

Estas comprobaciones permitirían distinguir posibles defectos administrativos de acusaciones que no lleguen a acreditarse.

La transparencia del gasto fallero, en el debate municipal

La organización de las Fallas implica recursos públicos, contratación de servicios y colaboración con empresas y profesionales.

Las exaltaciones constituyen actos institucionales de especial relevancia dentro del calendario fallero.

Por ello, la transparencia en sus presupuestos y procedimientos de adjudicación tiene interés público.

La denuncia de Compromís abre un nuevo episodio de confrontación política sobre la gestión de la Junta Central Fallera.

La valoración de los expedientes corresponderá a los órganos competentes, mientras que el Ayuntamiento y los responsables señalados podrán aportar sus explicaciones y documentación.

Una denuncia pendiente de resolución

Compromís ha trasladado a Antifraude sus sospechas sobre los contratos técnicos y artísticos de las exaltaciones de 2024.

La coalición cuestiona los plazos de presentación de ofertas, la separación de servicios, el coste de un musical y la coordinación técnica del espectáculo.

Sin embargo, la existencia de una denuncia no acredita automáticamente ninguna irregularidad.

El caso sitúa bajo escrutinio la contratación de uno de los actos institucionales más importantes de las Fallas. La documentación administrativa y las eventuales actuaciones de la Agencia Valenciana Antifraude serán determinantes para esclarecer si los procedimientos se ajustaron a la legalidad.

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