13 de enero de 2026
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Condenada la exalcaldesa de Orihuela Mónica Lorente y varios exediles por el contrato de las basuras

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a la exalcaldesa de Orihuela Mónica Lorente y a tres exconcejales del Ayuntamiento por irregularidades en la adjudicación del contrato de limpieza viaria y recogida de residuos, dentro de la causa principal del conocido caso Brugal.

Las penas impuestas oscilan entre los cuatro meses y los tres años y nueve meses de prisión y afectan a nueve de los treinta y tres acusados que fueron juzgados en este procedimiento.

Penas de prisión por prevaricación y fraude

La sentencia impone a Mónica Lorente una condena de cuatro meses de prisión por un delito de prevaricación en concurso con fraude. La misma pena recae sobre el exconcejal Antonio Rodríguez, mientras que Manuel Abadía ha sido condenado a cinco meses y Ginés Sánchez a un año de prisión.

También ha sido condenado el entonces interventor municipal, José Manuel Espinosa, con una pena de ocho meses de cárcel. El empresario Ángel Fenoll, propietario de varias mercantiles vinculadas al contrato, suma una condena de tres años y nueve meses de prisión. Su hijo ha sido condenado a un año y otros dos colaboradores a penas de cuatro y ocho meses.

Entre los absueltos figura el también exalcalde de Orihuela José Manuel Medina.

Una sentencia tras la intervención del Tribunal Supremo

Esta resolución es la segunda que dicta la Audiencia de Alicante sobre esta pieza del caso Brugal. En una primera sentencia, todos los acusados fueron absueltos después de que el tribunal anulara escuchas telefónicas y registros practicados durante la investigación.

Sin embargo, en julio de 2024, el Tribunal Supremo anuló aquella absolución, validó las pruebas descartadas y ordenó redactar una nueva sentencia valorando todo el material probatorio. El Alto Tribunal consideró que se había vulnerado el derecho de la acusación pública a la tutela judicial efectiva.

El nuevo fallo ha sido redactado por los magistrados José Teófilo Jiménez y Gracia Serrano, tras la imposibilidad del anterior ponente de participar por motivos de salud.

Respaldo al trabajo policial y a las pruebas

El Supremo respaldó el trabajo policial desarrollado durante la instrucción y avaló la legalidad de las intervenciones telefónicas y los registros, descartando que los acusados sufrieran indefensión. También consideró que no era necesario repetir el juicio, pese al tiempo transcurrido desde los hechos, al existir grabaciones audiovisuales completas de las sesiones.

Los hechos investigados

Los hechos se remontan al periodo comprendido entre los años 2000 y 2008, cuando el Ayuntamiento de Orihuela, gobernado por el Partido Popular, adjudicó el contrato de basuras a una unión temporal de empresas que posteriormente pasó a denominarse UTE Orihuela Capital de la Vega Baja.

La Fiscalía Anticorrupción y la acusación particular sostenían que la adjudicación estuvo marcada por irregularidades graves y solicitaban penas de prisión muy superiores a las finalmente impuestas.

Otras piezas del caso Brugal, pendientes

Tanto Mónica Lorente como Ángel Fenoll figuran también entre los acusados en otras piezas del caso Brugal, como la relativa a la adjudicación de la planta de residuos de la Vega Baja. En este procedimiento, todos los acusados fueron absueltos por la Audiencia de Alicante, aunque la sentencia está recurrida ante el Tribunal Supremo.

Asimismo, el Alto Tribunal tiene pendiente pronunciarse sobre otra pieza relacionada con la gestión de residuos en Calp, cuyo fallo se conocerá en las próximas semanas.

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