16 de julio de 2026
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Condenado a más de ocho años de prisión por agredir sexualmente a su pareja y amenazarla con difundir un vídeo íntimo

El acusado grabó la agresión con el teléfono móvil y utilizó las imágenes para coaccionar a la víctima y evitar que denunciara los hechos

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un hombre a ocho años, siete meses y dieciséis días de prisión por agredir sexualmente a quien era su pareja sentimental, además de maltratarla físicamente y amenazarla con difundir un vídeo íntimo grabado durante la agresión.

La sentencia considera acreditado que el condenado utilizó las imágenes como instrumento de coacción para controlar a la víctima e impedir que acudiera a recibir asistencia médica o denunciara los hechos.

La agresión ocurrió en una vivienda de Villena

Los hechos se remontan al 4 de septiembre de 2024 en el domicilio que ambos compartían en Villena, en la comarca del Alto Vinalopó.

Según recoge la resolución judicial, el acusado obligó a la mujer a realizar actos sexuales contra su voluntad mientras grababa la escena con su teléfono móvil.

El tribunal considera probado que la víctima actuó bajo coacción y sin consentimiento, motivo por el que los magistrados han condenado al procesado por un delito de agresión sexual.

Amenazas para evitar que denunciara

La sentencia también da por acreditado que el acusado utilizó posteriormente el vídeo grabado para amenazar a la víctima y forzarla a mantener nuevas relaciones sexuales no consentidas.

Además, el hombre le advirtió de que publicaría las imágenes si acudía a un centro sanitario o ponía los hechos en conocimiento de las autoridades.

La utilización de material íntimo como mecanismo de control y chantaje constituye uno de los elementos que el tribunal ha considerado especialmente graves en este caso.

Nuevos episodios de violencia meses después

La resolución judicial recoge además otro episodio ocurrido en noviembre de 2024.

Durante esa agresión, el condenado lanzó un teléfono móvil contra la víctima, la golpeó y la tiró al suelo.

Tras la agresión física, volvió a amenazarla con difundir el vídeo si decidía buscar atención médica o denunciar lo ocurrido.

Más de ocho años de condena

La Audiencia Provincial de Alicante ha impuesto las siguientes penas:

  • Siete años de prisión por un delito de agresión sexual.
  • Diez meses y quince días de prisión por un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género.
  • Nueve meses y un día de prisión por un delito de amenazas.

En total, la condena alcanza los ocho años, siete meses y dieciséis días de prisión.

Indemnización para la víctima

Además de la pena de prisión, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 1.500 euros por los daños morales sufridos como consecuencia de los hechos.

La sentencia también recuerda que el acusado ya había sido condenado anteriormente por un delito de lesiones, una pena que todavía no había sido cumplida cuando ocurrieron los hechos ahora juzgados.

La sentencia puede ser recurrida

La resolución de la Audiencia Provincial de Alicante todavía no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

El uso de imágenes íntimas como forma de control

Los especialistas en violencia de género advierten del creciente uso de imágenes y vídeos íntimos como herramientas de control, chantaje y sometimiento dentro de relaciones abusivas.

La difusión o amenaza de difusión de este tipo de contenidos puede constituir un delito y forma parte de las conductas contempladas dentro de la violencia de género y la violencia sexual.

Las víctimas disponen del teléfono 016, gratuito y disponible las 24 horas, además de los servicios de emergencia y atención especializada existentes en toda España.

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