La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a ocho años de prisión a un vecino de Náquera por un delito continuado de violación cometido contra una mujer que tenía alquilada una habitación en su vivienda. La sentencia otorga plena credibilidad al testimonio de la víctima y rechaza la versión de la defensa, que sostenía que las relaciones sexuales habían sido consentidas.
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El tribunal rechaza la tesis de la defensa
Durante el juicio, el acusado aseguró que mantenía relaciones sexuales con la mujer a cambio de dinero, afirmando que entregaba entre 70 y 80 euros a su pareja. La defensa intentó sostener además que la víctima era prostituida por su novio.
Sin embargo, la Audiencia considera que este argumento resulta irrelevante para el caso.
“Dedicarse o no a la prostitución es irrelevante y no restringe, ni mucho menos suprime, el derecho de cualquier persona a decidir libremente si consiente o no mantener relaciones sexuales”, señala la sentencia.
Los magistrados también consideran poco creíble la versión del condenado, ya que durante la investigación había negado haber mantenido relaciones sexuales con la denunciante y no pudo explicar por qué nunca descontó esos supuestos pagos de la deuda del alquiler que, según él mismo reconocía, mantenía la pareja.
Violaciones repetidas en la vivienda
Los hechos ocurrieron durante junio de 2021 en la vivienda de Náquera donde la víctima residía junto a su pareja como inquilina.
Según la sentencia, el propietario aprovechaba los momentos en los que la mujer se encontraba sola para someterla a tocamientos y agresiones sexuales mediante violencia, llegando a violarla en siete u ocho ocasiones.
En uno de los episodios, tras intentar apartarlo, la víctima recibió una patada en el abdomen antes de ser agredida sexualmente.
En otra ocasión, el condenado la agarró del pelo y de los brazos antes de penetrarla contra su voluntad.
Además, la amenazaba con expulsarla de la vivienda si lo denunciaba.
“Si me denuncias, te vas a la puta calle”, le decía, según recoge la resolución judicial.
La mujer no reveló lo ocurrido hasta abandonar la vivienda junto a su pareja, momento en el que ambos acudieron a denunciar los hechos.
Indemnización de 16.000 euros
Como consecuencia de las agresiones, la víctima sufrió un trastorno de estrés postraumático, con ansiedad, alteraciones del sueño, conductas de evitación y un importante deterioro emocional.
La Audiencia condena además al acusado a indemnizarla con 16.000 euros por las secuelas psicológicas y los daños morales sufridos.
El testimonio de la víctima, clave para la condena
El tribunal considera que la declaración de la denunciante cumple los tres requisitos exigidos por la jurisprudencia para destruir la presunción de inocencia:
- Persistencia en la incriminación.
- Verosimilitud del relato.
- Ausencia de motivos espurios para denunciar.
La sentencia destaca que las pequeñas diferencias apreciadas entre sus distintas declaraciones afectan únicamente a aspectos secundarios y son compatibles con el impacto traumático que sufren muchas víctimas de agresiones sexuales.
Además, su relato quedó respaldado por la declaración de su pareja, los informes médicos de Urgencias, el informe del médico forense y la pericial psiquiátrica, que relacionan las lesiones físicas y psicológicas con los hechos denunciados.
La Audiencia concluye que no existe ningún indicio de enemistad o interés oculto que pudiera justificar una denuncia falsa, por lo que considera acreditada la responsabilidad penal del acusado y lo condena a ocho años de prisión por un delito continuado de violación.