14 de febrero de 2020
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El Consell autoriza a la Abogacía General de la Generalitat a prestar asistencia jurídica a entidades del sector público

– Consistirá en el asesoramiento en derecho y la representación y defensa en juicio

El Consell ha aprobado los convenios de asistencia jurídica entre Presidencia de la Generalitat y la Fundación Comunitat Valenciana Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM); la Societat Circuit del Motor i Promoció Esportiva, SA; la Fundación de la Comunitat Valenciana para el Fomento de Estudios superiores (FFES); Societat Ciutat de les Arts i de les Ciències, SA; Vaersa, Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, SA, y la Sociedad Aeropuerto de Castellón S.L.

La Abogacía General de la Generalitat prestará la asistencia jurídica a estas entidades que forman parte del sector público instrumental de la Generalitat, que consiste en el asesoramiento en derecho y la representación y defensa en juicio, por medio de los abogados o de las abogadas de la Generalitat o de personal funcionario habilitado por la persona titular de la Abogacía General de la Generalitat.

Asimismo, la asistencia jurídica de la Abogacía General de la Generalitat no se prestará cuando haya contraposición de intereses entre estas entidades y la Generalitat o sus organismos autónomos.

En este caso, cada una de estas entidades del sector público instrumental de la Generalitat será asesorada, representada y defendida por un abogado o abogada y, si es necesario, un procurador o una procuradora especialmente designados a este efecto conforme a las normas procesales comunes.

Cuando haya contraposición de intereses entre estas entidades del sector público instrumental de la Generalitat y otra entidad convenida, por regla general, la Abogacía General de la Generalitat se abstendrá de intervenir en el proceso judicial en defensa y representación de una u otra entidad. Los abogados y las abogadas de la Generalitat, antes de personarse en estos supuestos, elevarán consulta a la persona titular de la Abogacía General de la Generalitat.

Procedimiento

La petición de asistencia jurídica se canalizará a través de la abogada o del abogado coordinador designado, conforme a lo que dispone el Decreto 84/2006 del Consell, que aprueba el reglamento de la Abogacía General de la Generalitat.

La duración de los convenios será de un año a contar desde la fecha de la firma y podrán ser prorrogados, por acuerdo unánime expreso de las partes, por anualidades y hasta un máximo de cuatro años.

Como compensación al servicio de asistencia jurídica a que se refieren estos convenios, la CEAM satisfará a la Abogacía General de la Generalitat la cantidad de 4.000 euros anuales; la Societat Circuit del Motor i Promoció Esportiva aportará 24.000 euros; FFES, 6.000 euros; Societat Ciutat de les Arts i de les Ciències, 39.000 euros; VAERSA destinará 54.000 euros, y la Sociedad Aeropuerto de Castellón, 21.000 euros.

En los procesos en que haya condenas, cuando la condenada en costas sea alguna de estas entidades del sector público instrumental de la Generalitat, corresponderá a estas el abono de las costas causadas a la parte contraria.

Cuando la condenada en costas sea la parte contraria, el importe de las costas causadas a estas entidades del sector público instrumental de la Generalitat se ingresará a favor de la Abogacía General de la Generalitat.

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