El Real Decreto-ley 7/2024 al declarar a las zonas afectadas como “Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil” (comúnmente llamado “zona catastrófica”), crea un marco para canalizar fondos, agilizar la asistencia y coordinar los recursos necesarios de forma inmediata. Sin embargo, este tipo de declaración no es equivalente a un estado de emergencia como los que recoge el artículo 116 de la Constitución española (estado de alarma, estado de excepción y estado de sitio), los cuales implican niveles de intervención y restricciones sobre derechos específicos que el Real Decreto-ley no contempla.
Diferencias clave entre “Zona Afectada por una Emergencia de Protección Civil” y el Estado de Emergencia
- Naturaleza y Alcance de la Declaración:
- La declaración de “Zona Afectada Gravemente” permite al Gobierno proporcionar ayudas, movilizar recursos y coordinar la intervención sin alterar el ejercicio de derechos fundamentales.
- Por otro lado, un estado de emergencia constitucional (como el estado de alarma) implica restricciones y poderes excepcionales que pueden limitar la libertad de movimiento, entre otros derechos. La declaración de estado de emergencia supone un marco de intervención más restrictivo y requiere pasos adicionales para su activación.
- Procedimiento y autorización:
- Para declarar el estado de alarma (primer nivel de emergencia constitucional), el Gobierno central no necesita autorización previa del Congreso si se aplica por 15 días, pero sí en el caso de prórroga. En cambio, el estado de excepción, que otorga aún mayores poderes, sí requiere autorización previa del Congreso.
- La declaración de “Zona Afectada por Emergencia de Protección Civil” es más rápida, permitiendo que los recursos y ayudas se destinen de inmediato a la población afectada sin necesidad de pasar por el proceso legislativo que requieren los estados de emergencia.
¿Por qué no se ha declarado un Estado de Emergencia?
El Gobierno no ha considerado necesario aplicar el estado de emergencia constitucional porque:
- La declaración de “zona catastrófica” ya permite cubrir las necesidades de asistencia, compensación y reconstrucción de las áreas afectadas por la DANA.
- Un estado de alarma o excepción sería más adecuado en situaciones en las que se requiere suspender derechos fundamentales o limitar la libertad de movimiento, como ocurrió con la pandemia de COVID-19. En este caso, la respuesta ha sido enfocada en la recuperación de infraestructuras y en la ayuda directa a los afectados sin necesidad de recurrir a medidas que afecten a la libertad de los ciudadanos.
- Flexibilidad y rapidez: Declarar “zona catastrófica” permite que el Gobierno actúe de forma rápida y específica sin pasar por un proceso de autorización más complejo, lo cual ha sido esencial para la gestión rápida de esta crisis.
En resumen, el Real Decreto-ley 7/2024 no declara un estado de emergencia constitucional, sino una emergencia de protección civil que permite un enfoque de ayuda y reconstrucción rápida sin recurrir a restricciones sobre derechos fundamentales.El Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, introduce una serie de medidas urgentes para apoyar a los municipios afectados por la DANA. Como parte de su respuesta, el Gobierno declara oficialmente a estos territorios como Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil. Esta declaración, también conocida como “zona catastrófica”, permite activar recursos adicionales y agilizar la entrega de ayudas a personas y entidades que hayan sufrido pérdidas materiales y humanas. La declaración de emergencia, en este caso de protección civil, permite al Ejecutivo abordar la crisis de manera estructurada y con el respaldo legal necesario para desplegar medidas de intervención inmediata.
Este decreto-ley establece, además, una Comisión Interministerial para coordinar las actividades de reconstrucción y gestión en las áreas afectadas, reflejando el alto grado de prioridad que se otorga a esta emergencia.
El nuevo decreto establece un paquete de medidas para apoyar a las comunidades afectadas por la devastadora DANA, priorizando la reconstrucción, ayuda directa y beneficios fiscales
El Real Decreto-ley 7/2024, promulgado el 11 de noviembre, marca un paso decisivo para la recuperación de las áreas devastadas por la reciente Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), que dejó una trágica huella en diversos municipios de España, particularmente en la Comunidad Valenciana. Esta norma establece medidas urgentes para la reconstrucción de infraestructuras, apoyo a los afectados y promoción de la resiliencia ante futuras emergencias climáticas. A continuación, se detalla el contenido de esta legislación y sus implicaciones para la recuperación de las zonas más afectadas.
Contexto de una emergencia sin precedentes
La DANA golpeó intensamente varias comunidades entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, generando precipitaciones de hasta 600 litros por metro cuadrado en algunas zonas, lo que provocó inundaciones, cortes de vías y daños materiales extensivos. La magnitud de esta catástrofe, que dejó más de 200 víctimas mortales, ha demandado una respuesta gubernamental sin precedentes, que busca restaurar la seguridad, la movilidad y el bienestar de la población afectada.
Objetivos y ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 7/2024
Este decreto-ley tiene por objetivo coordinar un plan de respuesta inmediata y de reconstrucción, que abarca desde la remoción de escombros y la limpieza de vías hasta la rehabilitación de servicios esenciales. Además, prioriza el apoyo a los afectados y la reactivación económica en las áreas damnificadas, dirigidos a los municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, aprobado anteriormente.
Principales medidas adoptadas
- Ayudas directas a personas y empresas:
- Se contempla un sistema de ayudas directas para empresarios, autónomos y personas físicas con daños en sus establecimientos o inmuebles registrados en los municipios afectados.
- Además, estas ayudas están disponibles para entidades que, a fecha del 28 de octubre de 2024, cumplan con las normativas fiscales vigentes.
- Reducciones fiscales:
- Para quienes desarrollan actividades económicas en los municipios afectados, el decreto permite reducciones en el rendimiento neto aplicable al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y en el régimen especial simplificado del IVA.
- Además, se establece una exención temporal de tasas de solicitud de derechos de propiedad industrial hasta el 30 de junio de 2025 para empresas radicadas en las áreas afectadas.
- Medidas de gestión de residuos:
- Ante el volumen excepcional de residuos, se permite la construcción urgente de vertederos adicionales y la eliminación de requisitos habituales para su uso. Esta medida facilita el tratamiento seguro de residuos acumulados en las zonas afectadas por la DANA.
- Apoyo al sector agrario:
- Los agricultores y productores ganaderos de los municipios incluidos podrán recibir ayudas específicas para compensar la pérdida de ingresos debido a la destrucción de cultivos y estructuras de producción.
- Iniciativas en el sector educativo y cultural:
- El decreto también establece la flexibilización de la enseñanza en áreas afectadas y el despliegue de un plan de apoyo psicológico para el alumnado y el personal escolar.
- Se incluyen disposiciones para facilitar el acceso de los estudiantes a recursos y medios, a fin de garantizar la continuidad educativa y la adaptación a nuevas condiciones.
- Reformas en el ámbito laboral:
- Para los trabajadores y empresas en las áreas de catástrofe, el decreto regula permisos retribuidos de hasta el 100% del salario y suspensiones temporales de empleo con garantías económicas.
Una apuesta por la solidaridad interadministrativa y comunitaria
El decreto también fomenta la colaboración interinstitucional en momentos de crisis. Se permite a los entes locales movilizar recursos y personal para apoyar a municipios gravemente afectados, bajo la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Próximos pasos y duración de las medidas
Las disposiciones de este real decreto-ley tienen una vigencia establecida y podrán extenderse en función de la evolución de la situación en las áreas afectadas. El Gobierno también se reserva la potestad de prorrogar algunas medidas de forma específica hasta finales de 2025, y ajustar el alcance según las necesidades de reconstrucción.
¿Consideras que estas medidas son suficientes para abordar las consecuencias de la DANA o debería implementarse un plan a largo plazo para prevenir futuras catástrofes?