El titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia ha rechazado reabrir la investigación sobre el incendio del edificio del barrio de Campanar en el que murieron diez personas en febrero de 2024.
El magistrado considera que el informe pericial presentado por varias familias afectadas no aporta elementos nuevos relevantes que justifiquen reactivar el procedimiento judicial.
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El juez mantiene que no existen indicios de delito
La resolución, notificada este viernes a las partes, mantiene la línea marcada por el auto de archivo provisional dictado en mayo de 2025.
En aquel momento, el juzgado concluyó que:
- El incendio tuvo un origen accidental.
- No existían indicios de actuación dolosa o imprudente.
- No podía atribuirse responsabilidad penal a ninguna persona física o jurídica.
El informe aportado por las familias no cambia las conclusiones
Los afectados solicitaron el pasado 25 de marzo la reapertura de las diligencias apoyándose en un informe elaborado por una empresa especializada en investigación de incendios.
Sin embargo, el magistrado sostiene que:
- El documento no incorpora pruebas inéditas.
- Las interpretaciones incluidas ya fueron analizadas previamente.
- Tanto el juzgado como la Audiencia Provincial de Valencia ya valoraron esos aspectos antes del archivo provisional.
El proyecto cumplía la normativa vigente
El instructor coincide además con el criterio de la Fiscalía, que defendió durante el procedimiento que el edificio cumplía la normativa aplicable en materia de seguridad contra incendios cuando el Ayuntamiento concedió la licencia de construcción.
Según recoge la comunicación del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, todos los testimonios e informes técnicos practicados durante la investigación respaldaron esa conclusión.
El Supremo exige “nuevos datos” para reabrir causas archivadas
El juez recuerda también la doctrina del Tribunal Supremo, que exige la aparición de nuevos datos o pruebas relevantes para poder reabrir una causa archivada provisionalmente.
A juicio del magistrado, ese requisito no se cumple en este caso.
Posibilidad de recurso
La resolución no es firme y puede ser recurrida en un plazo máximo de tres días.
El incendio del edificio de Campanar, ocurrido en febrero de 2024, conmocionó a toda Valencia por la rapidez con la que se propagaron las llamas y por el elevado número de víctimas mortales.