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El seguro obligatorio para patinetes eléctricos llega en enero entre dudas, retrasos y un alza prevista de precios
Redacción | Lunes, 24 de noviembre de 2025 | Valencia
La entrada en vigor del seguro obligatorio para los vehículos personales ligeros el próximo 2 de enero ha generado incertidumbre entre usuarios y aseguradoras: los patinetes deberán cubrir daños por millones de euros, estar registrados y contar con certificación de circulación.
Un cambio que afecta a millones de vehículos
El uso del patinete eléctrico se ha extendido en las principales ciudades españolas como alternativa rápida y económica al transporte tradicional. Sin embargo, su situación legal dará un giro importante el próximo 2 de enero, cuando la nueva Ley de Seguros de Automóviles obligará a disponer de un seguro de responsabilidad civil para poder circular.
La norma introduce una categoría específica, los vehículos personales ligeros (VPL), que engloba a los patinetes eléctricos, monociclos, hoverboards y segways. Casi todos los modelos del mercado entran dentro de esta definición: vehículos de una sola plaza que se mueven entre 6 y 25 km/h y pesan menos de 25 kilos, o entre 6 y 14 km/h si superan ese peso.
Seguro similar al de un coche: coberturas millonarias
Hasta ahora, la contratación del seguro era voluntaria salvo en algunas ciudades que ya lo exigían. Pero la nueva regulación eleva de forma sustancial las coberturas mínimas, que pasan a equipararse al seguro de terceros de un automóvil:
- 6,45 millones de euros por daños personales.
- 1,3 millones de euros por daños materiales.
Estas cifras obligan a las aseguradoras a crear nuevos productos que cumplan los requisitos legales. Por el momento, las pólizas disponibles —de entre 20 y 100 euros anuales— no cumplen los mínimos de la futura normativa, y a día de hoy los usuarios todavía no pueden contratar el seguro definitivo porque el reglamento técnico aún no ha sido aprobado.
El sector anticipa que los precios subirán y que las tarifas variarán según la siniestralidad del primer año de aplicación.
Registro obligatorio en la DGT y certificado de circulación
En paralelo al seguro, la DGT está ultimando un reglamento que obligará a los patinetes a:
- Obtener un certificado de circulación.
- Mostrar una etiqueta identificativa con número de registro.
- Estar inscritos oficialmente en el Registro de Vehículos.
Esto permitirá identificar al propietario en caso de accidente o si circula sin seguro. Sin embargo, la falta de datos oficiales sobre cuántos patinetes existen en España —la Federación Española de Vehículos de Movilidad Personal estimaba unos cinco millones en 2023— complica la implantación.
El Consorcio de Compensación de Seguros tendrá un papel clave
El organismo asumirá nuevas funciones para garantizar la cobertura en situaciones que queden fuera del sistema tradicional, como siniestros con vehículos sin asegurar o daños provocados por patinetes no identificados.
Los repartidores reclaman ayuda para cubrir los nuevos costes
Aunque solo un pequeño porcentaje de repartidores utiliza patinete eléctrico —menos del 5%, frente a la mayoría que circula con moto—, la entrada en vigor del seguro obligatorio afectará a una parte del sector.
Los sindicatos avisan de que los trabajadores exigirán a las plataformas algún tipo de compensación económica. “Si el repartidor utiliza su propio vehículo, la empresa debería asumir al menos una parte del gasto”, afirma Fernando García, delegado sindical de UGT.
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