11 de septiembre de 2026
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El Supremo decidirá si un Consell en funciones puede comprometer 65 millones para obras educativas

La Generalitat recurre las sentencias del TSJ que avalaron las delegaciones aprobadas por el Botànic tras las elecciones de 2023

El Tribunal Supremo tendrá que pronunciarse sobre hasta dónde puede llegar un Consell en funciones cuando toma decisiones con efectos presupuestarios para los años siguientes. La Generalitat ha recurrido las sentencias del TSJ valenciano que rechazaron anular varias delegaciones de competencias aprobadas por el anterior Consell del Botànic y vinculadas a actuaciones valoradas en unos 65 millones de euros.

El caso afecta a decisiones adoptadas en julio de 2023, cuando el Ejecutivo formado por PSPV, Compromís y Podem ya estaba en funciones después de las elecciones autonómicas.

El dinero estaba destinado al Plan Edificant

Según la Generalitat, aquellas delegaciones permitieron comprometer alrededor de 65 millones de euros para diferentes ayuntamientos.

Las actuaciones estaban relacionadas con obras de reforma y mantenimiento de centros educativos incluidas en el Plan Edificant.

El debate no gira sobre la finalidad de las inversiones, sino sobre si un Consell en funciones podía aprobar compromisos económicos de carácter plurianual que iban a afectar al siguiente ejecutivo.

El TSJ rechazó la tesis de la Generalitat

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ya se pronunció sobre el asunto.

El pasado mes de julio rechazó los recursos de la Generalitat y consideró que las delegaciones podían formar parte del despacho ordinario de asuntos permitido a un Consell en funciones.

La Administración autonómica discrepa de esa interpretación y quiere que sea ahora el Supremo quien fije un criterio definitivo.

Una cuestión sobre los límites de un Consell cesante

La Abogacía de la Generalitat sostiene que los recursos planteados no obedecen a criterios políticos, sino a la necesidad de establecer con claridad qué decisiones puede adoptar un ejecutivo que ha cesado pero continúa temporalmente en funciones.

La cuestión que quiere resolver es especialmente relevante cuando esas decisiones suponen comprometer dinero de presupuestos futuros.

La Generalitat defiende que cualquier Administración debe velar por el uso adecuado de los recursos públicos y revisar aquellos procedimientos que puedan afectar al interés general.

El Supremo tendrá la última palabra

La Conselleria de Educación, Cultura y Universidades considera que el asunto tiene una dimensión institucional que trasciende el caso concreto.

El recurso busca que el alto tribunal establezca hasta qué punto un Consell en funciones puede aprobar decisiones que condicionen la gestión económica del gobierno entrante.

La resolución del Supremo servirá, por tanto, para fijar los límites de actuación de un Ejecutivo autonómico durante el periodo que transcurre entre su cese y la toma de posesión del nuevo Consell.

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