El Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana condena al Ayuntamiento de Cullera y a su alcalde D. Ernesto Sanjuán Martínez a anular de pleno derecho una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Cullera que habían efectuado aún sabiendo que no podían realizarla.
En la sentencia, 287/2.014, del Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana de la Sala de lo Contencioso - Administrativo.
En la misma se puede observar como el Alcalde de Cullera vuelve a saltarse los procedimientos y la legalidad atribuyéndose unas competencias en materia urbanística que no le corresponden.
La zona Industrial definida en el Plan General de Ordenación Urbana de Cullera, mantiene la prohibición expresa de uso educativo y consecuentemente no se pueden implantar ni autorizar usos de carácter docente (Centros educativos) en el suelo industrial del término municipal de Cullera. Por lo que cualquier centro educativo que se encuentre en dicha zona industrial es manifiestamente ilegal e ilegalizable.
VLC Noticias/Enrique Gálvez