La Junta Electoral Central de España ha aprobado una nueva instrucción que requerirá que los electores se identifiquen con su Documento Nacional de Identidad (DNI) o un documento similar cuando depositen su voto por correo en las próximas elecciones generales del 23 de julio.
Esta medida se implementó excepcionalmente para los votantes de Melilla en las elecciones locales del pasado 28 de mayo debido a sospechas de posibles fraudes tras denuncias de robo de documentación electoral y la investigación subsiguiente.
La legislación actual requiere que los electores se identifiquen con su DNI al solicitar el voto por correo y al recoger la documentación, pero hasta ahora no se consideraba necesario presentar identificación al depositar el voto en la oficina de correos.
Sin embargo, el caso de Melilla, donde las solicitudes de voto por correo aumentaron hasta casi el 20% del censo y hubo denuncias de sustracción de la documentación electoral, llevó a la Junta Electoral de la ciudad autónoma a exigir la presentación del DNI al emitir el voto por correo. La Junta Electoral Central respaldó esta instrucción y la extendió a todas las oficinas de correos de España, aunque solo para los votantes registrados en Melilla.
Ante la previsión de un incremento del voto por correspondencia debido a la decisión del socialista Pedro Sánchez de celebrar elecciones en periodo vacacional, la Junta Electoral Central ha decidido aplicar esta exigencia del DNI para los comicios del 23 de julio.
Por lo tanto, el votante por correo deberá identificarse al depositar su sobre de votación en la oficina de correos correspondiente. Si el elector no pudiera acudir personalmente a entregar la documentación, deberá otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona, que deberá estar firmada por el elector y acompañarse de una fotocopia de su DNI o documento análogo.