La jueza de Catarroja a cargo de la investigación sobre la gestión de la dana ha solicitado a la Conselleria de Emergencias que presente en un plazo de dos días el texto del borrador del mensaje Es-Alert número 706, el cual no fue enviado a la población el 29 de octubre de 2024. La investigación de la magistrada se centra en el envío tardío de avisos a la población, señalando que aunque los daños causados por las riadas eran inevitables, las muertes podrían haberse prevenido. La tragedia dejó un saldo de 230 fallecidos con diez casos más bajo revisión. En sus resoluciones, la jueza destaca la falta de información a la población, impidiéndoles tomar medidas de protección.
La jueza indica que el Es-Alert del 29 de octubre se emitió tardíamente, a las 20:11 horas, y fue incorrecto en su contenido, sugiriendo evitar desplazamientos al tiempo que muchas de las víctimas perdían la vida en plantas bajas o garajes. Durante su comparecencia ante la jueza, el subdirector general de Emergencias, Jorge Suárez, presentó notas de su cuaderno referentes a los días 29 y 30 de octubre. En dichas notas se incluye un borrador de mensaje en donde se aconseja “acceder a zonas altas”.
Suárez, quien ya declaró ante la magistrada y tiene otra declaración pendiente, afirmó que propuso enviar alertas a la población antes de la reunión del Cecopi, alrededor de las 17:15 horas. Esta sugerencia surgió a raíz de imágenes de personas en los tejados en Utiel y Requena, pero manifestó que su propuesta no recibió apoyo. Su principal preocupación, según declaró, era el riesgo de hipotermia para las personas atrapadas.
Luego de que la jefa del servicio de Emergencias, Inmaculada Piles, le enviara por WhatsApp el nombre de los municipios afectados por la presa de Forata, Suárez volvió a insistir en la necesidad de alertar a la población. Según su testimonio, a las 17:38 horas sugirió una comunicación masiva a través de móviles que indicara a las personas ubicarse en zonas altas y estar atentas a nuevos mensajes.
Entre las notas de Suárez, se encuentra un texto manuscrito que dice: “Ante la evolución de la situación de emergencia, se recomienda que con carácter inmediato acceda a zonas altas y permanezca atento a nuevos mensajes”. Esta documentación también incluye referencias a lugares como Cecopi, Forata, y escenarios de emergencia.
En otra parte de sus anotaciones, fechadas el 30 de octubre de 2024, Suárez recoge información sobre el Cecopi, áreas de trabajo, y reportes de desbordamientos en Alzira y Vilamarxant.
Además, Suárez entregó a la jueza una nota manuscrita que, según él, corresponde a la exconsellera de Interior Salomé Pradas, también investigada en el caso. La nota incluía recomendaciones de evitar desplazamientos, permanecer en casa, mencionar comarcas como la Ribera Alta y Baixa, y el uso de la UME.
En una providencia reciente, la jueza también solicitó a la Confederación Hidrográfica del Júcar que identifique a los agentes desplegados el 29 de octubre, para citarlos como testigos.
Por otra parte, la jueza rechazó la solicitud de nulidad de las actuaciones y la repetición de declaraciones ya realizadas desde el 4 de septiembre. La acusación particular expulsada del proceso, que la Audiencia de Valencia ordenó reintegrar, había formulado esta petición. La jueza explicó que la Audiencia solo ordenó la readmisión de esta parte como acusación particular, sin declarar la nulidad de ninguna actuación.
La jueza argumentó que retrotraer la instrucción perjudicaría a todos los afectados y provocaría un retraso injustificado. La única diligencia solicitada había sido ajena al interés que defendía la acusación, por lo que descartó la nulidad y la repetición de declaraciones.
La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia instruyó a la jueza reintegrar a la causa a una acusación particular expulsada por supuesto “fraude procesal” en defensa del ex secretario autonómico investigado, Emilio Argüeso, y por vincular las riadas con “ritos satánicos”, además de replicar “bulos” sobre fallecidos en un parking. La sala determinó que la presentación de una pretensión abusiva no justifica la expulsión, sino su rechazo.