La práctica del topless en las playas de la ciudad de Río de Janeiro y de Brasil está prohibida y, generalmente, constituye un delito de acto obsceno.
La prohibición de desnudarse de cintura para arriba contrasta con la costumbre de las brasileñas y brasileños de usar bikinis y trajes de baño minúsculos.
El artículo 233 del Código Penal brasileño prohíbe la práctica de actos obscenos en lugar público, abierto o expuesto al público, conllevando la detención con posible pena de 3 meses a 1 año, o multa.
En Brasil, la prostitución es técnicamente legal, pero las reglas son muy rígidas. No puede haber beneficios de terceros.
Cuando la policía les detiene no es por estar prostituyéndose, sino por los “actos obscenos” mencionados o por “ofensas de pudor” que conllevan también una multa. Además, está especialmente persiguida la prostitución infantil, siendo tipificada como delito de especial gravedad. La práctica de sexo mediante pago con personas que sean menores de 18 años, aunque consentido, es considerado explotación sexual de niños y adolescentes.
La práctica del topless en las playas de la ciudad de Río de Janeiro y de Brasil está prohibida y, generalmente, constituye un delito de acto obsceno.
