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Hacienda aclara que no controlará los Bizum entre particulares: estos serán los pagos afectados
La Agencia Tributaria desmiente los rumores sobre una vigilancia masiva y confirma que la nueva normativa solo afectará a la facturación de autónomos y empresas.
Redacción · 17/12/2025
Hacienda desmiente el control de Bizum entre particulares
El Ministerio de Hacienda ha salido al paso de los mensajes que se han difundido en redes sociales durante las últimas semanas para aclarar cómo afectará la nueva normativa fiscal a los pagos realizados a través de Bizum a partir de 2026.
En una nota oficial, la Agencia Tributaria ha sido tajante: los envíos de dinero entre particulares no estarán sujetos a ningún tipo de control adicional ni deberán declararse. La nueva obligación de suministro de información se limita exclusivamente a los cobros derivados de actividades económicas.
La vigilancia se centrará en autónomos y empresas
La medida, aprobada en abril de 2025, entrará en funcionamiento operativo a partir de febrero de 2026. A partir de esa fecha, las entidades financieras estarán obligadas a remitir información periódica a Hacienda sobre la facturación obtenida por empresarios y profesionales que utilicen Bizum como medio de cobro.
Esto afecta, por ejemplo, a comercios, establecimientos de hostelería o profesionales como fontaneros, electricistas o autónomos que empleen Bizum como pasarela de pago por sus servicios.
En cambio, los intercambios habituales de dinero entre amigos, familiares o conocidos quedan completamente fuera del ámbito de la norma. Los bancos no comunicarán estos movimientos a la Agencia Tributaria.
Cómo se enviará la información a Hacienda
Otra de las aclaraciones relevantes es la forma en la que se remitirán los datos. No se trata de un registro individual de cada operación realizada a través de Bizum.
Las entidades financieras enviarán a Hacienda un informe mensual con la facturación agregada de cada negocio que utilice Bizum para cobrar, sin detallar cada pago concreto.
La información que se comunicará incluirá:
- Identificación del empresario o profesional.
- Número de comercio y terminales asociados.
- Cuentas bancarias vinculadas a los cobros.
- Importe total facturado mediante Bizum durante el mes.
Objetivo: luchar contra el fraude sin afectar a la privacidad
Con esta aclaración, el Gobierno busca frenar el fraude fiscal en actividades económicas que utilizan medios de pago digitales, al tiempo que garantiza la privacidad de las transacciones personales.
Hacienda insiste en que la normativa no introduce nuevos impuestos ni afecta al uso cotidiano de Bizum entre ciudadanos, y que su aplicación se limita a mejorar el control de la facturación profesional ya sujeta a tributación.