El acuerdo se ha sellado a la vista de la controversia surgida en torno a la aplicación de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), relativa al impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos (IVMDH), llamado ‘céntimo sanitario’.
Por medio del acuerdo, las devoluciones solicitadas relativas al citado impuesto no se verán minoradas por la aplicación del mínimo de imposición fijado por la Directiva comunitaria 2003/96.
En las resoluciones practicadas hasta la fecha, y como consecuencia de lo anterior, la Administración tributaria procederá a la devolución de las cantidades minoradas, bien a través del procedimiento de rectificaciones de autoliquidaciones, la ejecución de fallos de juzgados y tribunales, o de la vía del recurso de reposición u otras alternativas, de conformidad con el ordenamiento tributario.
VLC Noticias | Redacción