El juez archiva el caso del incendio en Campanar tras concluir que fue accidental
El Juzgado de Instrucción 9 de Valencia ha decidido archivar provisionalmente la investigación sobre el incendio ocurrido en el edificio del barrio de Campanar, donde fallecieron diez personas, al determinar que el suceso fue un accidente y, por tanto, no constituye un delito.
El juez ha señalado que los lamentables hechos que generaron alarma en la sociedad valenciana han sido calificados como accidentales, lo que excluye la posibilidad de atribuir un delito a alguna persona y de iniciar un procedimiento penal abreviado.
Tras llevar a cabo numerosas diligencias de investigación, el magistrado descubrió que el incendio fue accidental, sin encontrar evidencia de que algún individuo, conocido o desconocido, actuara de manera dolosa o imprudente que pudiera constituir un delito. El auto, susceptible de ser recurrido en un plazo de tres días, indica que durante todo el procedimiento no han surgido indicios de la existencia de un delito ni de un presunto autor.
El magistrado detalla en su auto de 23 páginas todas las diligencias realizadas, que se dividen en prevención, extinción e investigación concreta. Estas incluyen cerca de treinta declaraciones testificales y el análisis de documentos importantes, como un informe elaborado por la Comisaría General de Policía Científica de la Policía Nacional.
Dicho informe concluye que el incendio comenzó de manera accidental en un frigorífico ubicado en la cocina del apartamento 86 de la octava planta del edificio, situado en la calle Poeta Rafael Alberti número 2 de Valencia. El juez también hizo referencia a otro informe sobre el tipo de material empleado en el revestimiento de la fachada, clasificado como M1 (combustible/no inflamable), afirmando que cumplía con la normativa vigente y que no hubo negligencia en la actuación de los técnicos, proveedores o fabricantes.
Respecto a las labores de extinción llevadas a cabo por los bomberos de Valencia, el juez destacó que siguieron los protocolos adecuados y se ajustaron a la evolución de los acontecimientos. El auto también menciona las resoluciones de la Audiencia Provincial de Valencia que ratificaron las emitidas por el juez de Instrucción.
En resumen, la instrucción del caso no proporciona bases jurídicas para deducir responsabilidad alguna en los involucrados ni en las características de la construcción del edificio de Campanar, más allá de su origen accidental.