La jueza de la dana solicita a Emergencias identificar a los responsables de redactar el Es-Alert y conocer su formación
La magistrada, encargada de la causa por el fallecimiento de 228 personas durante la dana del 29 de octubre de 2024, que investiga el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja (Valencia), ha solicitado a Emergencias de la Generalitat Valenciana identificar a quienes estaban autorizados para redactar y validar el mensaje de alerta a la población, así como la formación que dichos individuos habían recibido. Esta información forma parte de los cuatro nuevos autos emitidos por la jueza en el contexto de este caso, los cuales han sido difundidos por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
En uno de los autos, a petición de la acusación popular representada por el partido Ciudadanos, se acuerda que la Conselleria de Emergencias proporcione una lista de todas las personas acreditadas para formular y dar validez a los mensajes de Es-Alert el 29 de octubre de 2024, así como un informe sobre el adiestramiento recibido por estas personas y quiénes de ellos estaban en servicio ese día.
El documento también señala que es conocido, según las declaraciones testimoniales disponibles, quiénes lanzaron la alerta el día del evento meteorológico adverso. La instructora subraya que “lo crucial no era el canal de comunicación utilizado, es decir, los mensajes de texto a teléfonos móviles, considerando las justificaciones dadas por la investigada Salomé Pradas, pues en una situación de emergencia extrema podrían resultar ineficaces. Lo relevante era que el mensaje llegara a la población de manera clara, confiable, o bien mediante una autoridad con suficiente prestigio institucional que asegurara que la población entendiera la gravedad de la emergencia, el peligro al que se enfrentaban y que las instrucciones proporcionadas debían seguirse”.
Esta conclusión, argumenta la jueza, se deduce hasta del mensaje enviado a las 20:11 que instaba a mantenerse atentos a avisos posteriores. Además del sistema Es-Alert, estos avisos podían transmitirse mediante fuentes oficiales, como mensajes por la red social X, a través de la cuenta X@GVA112 y la televisión pública valenciana À punt.
Añade que no solo estos canales eran relevantes, sino también medios generalistas como radios, prensa y medios de comunicación en general, que podrían haber difundido un mensaje verdaderamente protector para la población, pero que, de hecho, nunca se emitió.
En otro de los autos, la jueza rechaza la solicitud de una acusación particular para incluir en el caso el informe anual de la presa de Forata de 2023 y, si fuese el caso, también el de 2024, al considerar que ya hay documentos sobre estas infraestructuras en el expediente y pedir más sería redundante.
A su vez, recuerda que la Guardia Civil elabora un documento con la cronología de los hechos y que la presa se ubica en una cuenca completamente distinta a aquella en donde falleció la pareja de la mujer que presenta la acusación, por lo que esta prueba “no contribuirá al esclarecimiento de las causas y circunstancias de su fallecimiento”.
En otro auto, la jueza desestima el recurso de reforma presentado por la acusación popular de Acció Cultural del País Valencià, que solicitaba información de la Generalitat sobre los teléfonos móviles oficiales de los investigados. La magistrada mantiene que tal requerimiento afecta al secreto de las comunicaciones de los investigados y que dicha injerencia solo es admisible si se basa en la presunta comisión de delitos dolosos por parte de los implicados.
Finalmente, en el último auto, se aprueba la incorporación de la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA) al procedimiento como acusación popular, siempre que depositen una fianza de 6.000 euros en un plazo de diez días hábiles.