Un juzgado de Valencia ha rechazado la demanda presentada por residentes de Torre Espacio de Cullera contra los festivales Medusa y Zevra, quienes argumentaban que el ruido producido vulneraba su derecho a la intimidad y al descanso. En la sentencia del 9 de abril, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 señaló que la demanda fue presentada fuera de plazo. El recurso contra la resolución del Ayuntamiento de Cullera de abril de 2023, que ya había desestimado la reclamación por derechos fundamentales, fue considerado “extemporáneo” por haberse presentado el 26 de mayo de 2023, cuando el plazo había expirado el 19 de mayo.
Además, la sentencia indicó que no se demostró la presencia de los demandantes durante los días de celebración de los festivales ni el incumplimiento de la normativa de protección ambiental. La licencia especial otorgada por el Ayuntamiento, de acuerdo con la Ley 7/2002 de la Generalitat Valenciana, autorizaba temporalmente niveles de ruido superiores a los habituales.
La resolución también considera que los festivales, por ser eventos puntuales y debidamente anunciados, no infringen derechos fundamentales. Por ello, el juez rechazó las pretensiones de los demandantes, quienes deberán asumir las costas del juicio.
Los organizadores de Medusa y Zevra destacaron que esta es la segunda decisión judicial en su favor tras un primer dictamen en febrero de 2025. La sentencia establece un precedente importante para la celebración de festivales al aire libre en la Comunidad Valenciana, aplicando la modificación de 2019 de la ley de protección contra la contaminación acústica.
A pesar de la demanda, la organización mantiene “excelentes relaciones” con la junta de vecinos de Torre Espacio, indicando que dos tercios de ellos votaron en contra de la querella. Los festivales se llevarán a cabo según lo previsto, con Zevra programado del 18 al 21 de julio y Medusa del 7 al 11 de agosto de 2025.