30 de abril de 2014
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La Audiencia Nacional rechaza la extradición del ex inspector de policía Antonio González Pacheco al prescribir los delitos

07-12op2001.jpg_88717827La denuncias por estos hechos se interpusieron en 2010 y 2012, por lo que “el periodo de prescripción está ampliamente cumplido”

En un auto, la Sección Segunda de la Sala de lo Penal detalla que la reclamación se circunscribe a 14 delitos de tortura cometidos entre febrero de 1971 y septiembre de 1975, que estarían prescritos a los diez años, según la legislación española. La denuncias por estos hechos se interpusieron en 2010 y 2012, por lo que el “el periodo de prescripción está ampliamente cumplido”.

La Sala rechaza que los hechos constituyan un delito de lesa humanidad “por mas que los hechos descritos constituyan delitos de tortura a detenidos por un grupo determinado, aislado y concreto de funcionarios policiales al no constar que las mismas fueran parte de un ataque sistemático y organizado de ataque a un grupo de la población”.

En este sentido, el Tribunal no aprecia que las torturas por las que se reclama a González Pacheco guarden relación con los asesinatos y desapariciones forzadas a que se circunscribe el procedimiento argentino que se perpetraron tras el 17 de julio de 1936.

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