17 de diciembre de 2025
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La Audiencia readmite a la acusación apartada del caso Argüeso en Valencia

La Audiencia de Valencia ha ordenado readmitir a una acusación particular en el caso que investiga la gestión de la gota fría, tras haber sido expulsada por la jueza bajo acusaciones de “fraude procesal” y defensa del ex secretario autonómico investigado, Emilio Argüeso. La jueza también había señalado que la acusación se basaba en teorías relacionadas con “ritos satánicos” y “bulos”, como la supuesta existencia de fallecidos en un aparcamiento.

La Sección Segunda de la Audiencia ha estimado el recurso de la acusación contra el auto que acordó su expulsión, basándose en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Según la Audiencia, formular una pretensión con abuso de derecho no justifica necesariamente la expulsión del proceso, sino el rechazo de esa pretensión en específico. Además, se menciona que solamente si la conducta procesal demuestra un uso abusivo del proceso, hasta el punto de no cumplir un objetivo legítimo o entorpecer el desarrollo del procedimiento, podría justificarse su expulsión.

En el caso examinado, la Audiencia concluye que la recurrente no ha llegado a tal extremo. Aunque se señala que intentó involucrarse en asuntos ajenos a su interés, esto no implica que haya renunciado a la acción penal ni justifica su exclusión del proceso. Sin embargo, se advierte que, si en el futuro se alinea con posiciones defensivas o busca objetivos ajenos, podría ser expulsada.

La Audiencia también aclara que las opiniones públicas de la acusación, por más que planteen teorías conspirativas o críticas hacia la actuación judicial, no suponen abuso de derecho mientras no trasciendan al proceso. En su resolución, considera que las manifestaciones personales o declaraciones en redes sociales de la letrada son irrelevantes si no afectan su función en el proceso judicial.

La jueza había decidido en septiembre expulsar a esta acusación particular de la causa para asegurar que su objetivo fuese el ejercicio de la acción penal y no la defensa de los investigados. Consideró que la acusación mantenía una posición procesal alineada con la del abogado de Argüeso. Además, la acusación había llegado a solicitar cárcel para la jueza y, en una manifestación en Madrid, afirmó que el 29 de octubre era una fecha “satánica”, igual que el 11 de marzo.

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