La defensa de Salomé Pradas, exconsellera de Justicia e Interior investigada por la gestión de la dana del 29 de octubre que resultó en 228 víctimas mortales en la provincia de Valencia, ha reforzado la queja presentada ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Esta queja se dirige a la instrucción realizada por la jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, con motivo de la negativa a ofrecer una transcripción completa y literal de la declaración de Pradas el 11 de abril.
La representación legal de Pradas, a cargo del despacho Kepler-Karst Law Firm, objeta que no se haya proporcionado una transcripción íntegra de su testimonio, el cual se extendió por casi tres horas y abarcó alrededor de 140 preguntas. Según el comunicado de los abogados, la transcripción oficial se limitó a un resumen de 10 folios, dejando fuera preguntas formuladas, citas legales y matices considerados importantes para la defensa.
Además, la defensa critica que, tras solicitar la agrupación de cerca de 40 acusaciones para agilizar el proceso, la magistrada permitiera un plazo “inexistente” en esta fase de instrucción para que las acusaciones populares y particulares indicasen los indicios de responsabilidad penal que ven contra Pradas y Emilio Argueso, ex secretario autonómico también investigado.
Este proceder, a juicio de la defensa, podría resultar en “un juicio anticipado de culpabilidad” impropio de esta etapa del proceso. Se recalca que previamente ya se había otorgado un plazo de 15 días para que las partes expresaran su opinión sobre la solicitud de agrupación de las acusaciones.
La ampliación de la queja se suma a las alegaciones remitidas al CGPJ el 14 de mayo de 2025, en las que se señalaban problemas de garantías procesales y derecho de defensa de Pradas. La defensa sostuvo que el derecho de defensa de su clienta estaba siendo “gravemente afectado” por la forma en que la magistrada lleva a cabo la instrucción, con “irregularidades” que, a su entender, “vulneran derechos fundamentales de las partes y comprometen la equidad del procedimiento”.
Los motivos originales de la queja incluían la “existencia de resoluciones judiciales con afirmaciones categóricas sin base probatoria suficiente”, predeterminación del objeto de la instrucción, denegación “reiterada” de diligencias solicitadas por las partes, “limitación” del derecho de defensa durante las declaraciones y la posible participación de individuos “ajenos” al proceso judicial.