La resolución es recurrible ante los tribunales, que han dado respuestas contradictorias a la naturaleza jurídica de estos trabajadores
Nuevo asalto en el combate para definir la naturaleza laboral de los repartidores de las nuevas compañías de distribución de comida a domicilio. La Inspección de Trabajo en Valencia ha concluido, en una resolución publicada este miércoles, que en torno a 200 repartidores de Glovo en la ciudad no son autónomos, como pretende la empresa española, sino empleados no reconocidos, como había denunciado Comisiones Obreras. La decisión es recurrible ante los tribunales, que han dado respuestas contradictorias ante supuestos similares.
La Inspección de Trabajo ya había impugnado el modelo laboral de los repartidores de Deliveroo en ciudades como Madrid, Barcelona y Valencia. El organismo dependiente del Ministerio de Empleo extiende ahora las conclusiones a los de Glovo, al considerar que en ellos “concurren los presupuestos constitutivos del contrato de trabajo, dependencia y ajenidad”.
Como consecuencia de ello, la Inspección ha extendido acta de liquidación de cuotas y ha comunicado de oficio el alta de los repartidores de Glovo en Valencia en el Régimen General de la Seguridad Social “en el código de cuenta de cotización de la empresa Glovoapp23 por los meses de prestación de servicio”. La resolución no indica a cuántos trabajadores afectos, pero según Comisiones Obreras, por la información que se les ha trasladado rondan los 200.
Respuestas contradictorias en los tribunales
Contra la resolución cabe recurso judicial. Los tribunales han dado hasta el momento respuestas contradictorias al esquema laboral de estas nuevas compañías de reparto, basadas en el uso de una aplicación para dispositivos móviles, a través de las cuales los trabajadores reciben los encargos. Un juzgado de Valencia concluyó en junio que un repartidor de Deliveroo, Víctor Sánchez, era un falso autónomo, en una sentencia que devino firme después de que la empresa retirara el recurso que había planteado. En septiembre, en cambio, un juzgado de Madrid decidió en primera instancia que un repartidor de Glovo, Isaac Cuende, era un trabajador por cuenta propia, y no un falso autónomo como había alegado.
El primer juicio colectivo sobre la figura, que afecta a 517 riders —repartidores— de Deliveroo y en el que la Tesorería de la Seguridad Social figura entre los demandantes, fue suspendido la semana pasada hasta mayo por un juzgado de lo Social de Madrid después de que la compañía solicitara nuevas pruebas. La empresa británica pretende demostrar que los riders han estado trabajando simultáneamente para otras firmas de reparto para restar consistencia al vínculo que mantiene con ellos.
Insostenible, según los sindicatos
“Este modelo de economía de plataforma es insostenible porque no respeta los derechos laborales más básicos”, ha afirmado este miércoles Daniel Patiño, secretario de Acción Sindical de CC OO-PV. La central presentó una denuncia que condujo a una inspección en marzo en la sede de Glovo en Valencia. La Inspección reclamó la relación de todos los repartidores de la empresa y les pidió que rellenaran un cuestionario acerca de las condiciones en que desarrollaban su trabajo. La resolución conocida ahora se basa en esa información y en la documentación aportada por la empresa.
Este periódico ha preguntado a Glovo su opinión sobre la decisión de la Inspección de Trabajo, pero no ha obtenido respuesta. El fundador y consejero delegado de la compañía con sede en Barcelona, Óscar Pierre, afirmó en noviembre que si la justicia finalmente determina que sus repartidores son falsos autónomos sería “una buena faena”. Y que, en tal escenario, la empresa optaría por “crecer en otros países para que España representase un porcentaje más pequeño” de su negocio.