AGENCIAS La juez que instruye el caso de los ERE, María Núñez, ha abierto una pieza separada que incluye a los expresidentes socialistas andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como a otros cincuenta ex altos cargos de la Junta de Andalucía, entre ellos nueve exconsejeros por “la posible existencia de delito continuado de prevaricación”.
Los 52 cargos de la Junta habrían participado, según la juez, de forma activa y consciente en el diseño y puesta en marcha del denominado procedimiento específico con el que “se inició la implantación del sistema de transferencias de financiación como sistema de ayudas a las empresas (subvenciones) por razones sociolaborales y por otros motivos diversos”.
Entre los ex altos cargos se encuentran todos los que fueron aforados en el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), como son los exconsejeros de la Junta José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo, Manuel Recio, Francisco Vallejo, Antonio Avila y Gaspar Zarrías.
La magistrada incluye también a los exconsejeros Antonio Fernández, Magdalena Alvarez y Martín Soler, a varios exviceconsejeros y exresponsables del IFA-IDEA, a los que fueran miembros del Consejo Rector, entre ellos Braulio Medel, y al que fue responsable de los servicios jurídicos de la Junta, Francisco del Río.
La previsión del juzgado es que la tramitación de estas nuevas diligencias puedan estar concluidas el próximo año y que, antes de final del 2016, se pueda celebrar el primer juicio de los ERE, un caso que empezó a instruirse hace casi cinco años.
“Procedimiento específico” de los ERE
En el auto, la instructora hace referencia a los hechos relativos “a la participación activa y consciente en el diseño y puesta en marcha del denominado procedimiento específico en todas sus variantes, con las importantes consecuencias que se derivan de los informes elaborados por la Intervención General de la Junta en el seno del Control financiero permanente del IFA/IDEA”.
Por este procedimiento, como recoge el auto, “se inició la implantación del sistema de transferencias de financiación como sistema de ayudas a las empresas (subvenciones) por razones sociolaborales y por otros motivos diversos”, todo ello cuando “la normativa en vigor delimitaba las transferencias de financiación con unas funciones que se alejaban del concepto de subvención”.
“Sin embargo, el sistema de ‘transferencias de financiación’ se utilizó en la práctica por parte del consejero de Empleo y del director general de Trabajo con el fin de conceder subvenciones, implantando así de hecho la Consejería de Empleo un ‘procedimiento específico'”, asevera el auto.
Convenio de colaboración que “no fue informado”
La juez hace después referencia al convenio marco de colaboración formalizado el 17 de julio de 2001 entre la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico y el antiguo IFA para la materialización de ayudas en materia de Trabajo y Seguridad Social.
Este convenio, suscrito por el entonces consejero de Empleo José Antonio Viera y el presidente del IFA, que en ese momento era el viceconsejero de Empleo, Antonio Fernández, “no fue informado ni por la Intervención General ni por el Gabinete Jurídico de la Junta” y tenía como objeto “la prestación de asistencia técnica permanente por el IFA-IDEA a la Dirección General de Trabajo”.
Dicho convenio se prolongó hasta una encomienda de gestión aprobada en abril del 2010, en la que se analizaban “los problemas que habían venido generando el uso de las “transferencias de financiación” por las empresas y otros entes públicos dependientes de la Junta de Andalucía”.
La juez destaca que la instrucción de la dirección general de Presupuestos 1/2009, de 15 de junio, debe verse como un instrumento previo que propició el principio del fin de las transferencias de financiación y fue una forma de admitir, por parte de la Consejería de Hacienda, que no se cumplía la normativa y se actuaba con “criterios contrarios a la ley”.
Ya en su anterior auto, la juez de Instrucción 6 recordó que sobre esta cuestión “ya existe un criterio sólido expresado en fechas recientes por el Tribunal Supremo no sólo en cuanto a la posibilidad de su enjuiciamiento separado sino en cuanto a la calificación jurídica de los hechos”, por lo que se unirán a esta pieza separada íntegramente tanto la pieza de los aforados del TS como del TSJA. El Tribunal Supremo ya vio indicios de que Chaves y Griñán prevaricaron en el caso de los ERE.