La jueza que examina la gestión de la catastrófica dana del pasado 29 de octubre, que provocó 228 muertes, ha ratificado su decisión de no investigar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, ni a tres funcionarios de Emergencias de la Generalitat Valenciana, al no encontrar responsabilidad penal en sus acciones.
Esta decisión ha sido adoptada por la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja dentro de la causa penal relacionada con la dana. Entre los investigados se encuentran la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y su exsubordinado, Emilio Argüeso.
La resolución se produce después de que Pilar Bernabé, delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, declarara ante la jueza que Polo no le advirtió en la mañana del riesgo de desbordamiento del río Magro, del cual se enteró a través de los medios de comunicación.
La magistrada también desestimó el recurso de la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud contra su decisión de no investigar a Polo y a los responsables de Emergencias. Argumentó que la gravedad del resultado mortal no puede atribuirse únicamente a la estructura administrativa autonómica.
Respecto al presidente de la CHJ, la jueza señaló que la falta de información sobre el caudal del barranco del Poyo no se sostiene, ya que se envió información a través del SAIH y era accesible mediante la aplicación SAIHWIN, utilizada por el Centro de Coordinación de Emergencias (CCE).
La jueza recordó que Pradas y Argüeso están siendo investigados por su pasividad ante la alerta a la población. Sostuvo que Pradas era la responsable de autorizar alertas a la población y que se comunicaban con otras autoridades durante la emergencia. También criticó la exclusión de algunos miembros de la reunión del Cecopi, considerando esta decisión como absurda.
En una nueva resolución, la jueza rechazó un recurso de la asociación Liberum que pedía incluir un documento en la causa y citar como perito a su autor, quien solicitó una investigación sobre la dana a la Comisión Europea, argumentando que el propuesto carece de la condición de perito o experto en los hechos.