4 de septiembre de 2025
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La jueza de la DANA expulsa a una acusación particular por “fraude procesal” al alinearse con la defensa de Argüeso

Valencia, 4 de septiembre de 2025.
La magistrada que instruye la causa sobre la gestión de la DANA en el Juzgado de Instrucción nº3 de Catarroja ha dictado un auto en el que expulsa del procedimiento a una de las acusaciones particulares por considerar que actuaba en realidad en defensa de Emilio Argüeso, exsecretario autonómico de Emergencias e investigado en la causa.

“Abuso de derecho y fraude procesal”

En la resolución, contra la que cabe recurso, la jueza sostiene que la acusación particular incurrió en un “uso desviado” de la acción penal, “alineándose de forma total con la posición procesal de la defensa de Argüeso”. Según la instructora, esta parte llegó a solicitar personarse en la pieza sancionadora abierta contra el abogado del exalto cargo, algo que calificó de “absurdo”, además de presentar peticiones de prueba centradas en investigar a la propia magistrada y a su marido, y no los hechos relacionados con las víctimas de la riada.

Declaraciones públicas contra la jueza

El auto también recoge declaraciones de la persona expulsada en una manifestación celebrada en Madrid el 29 de junio, donde llegó a pedir prisión para la jueza y proferir frases como “el pueblo entero va a ir a por ti, Nuria”. En redes sociales, esta misma persona difundió bulos sobre los fallecidos en el parking de un centro comercial y vinculaciones conspirativas sobre la fecha del 29 de octubre, día de la catástrofe.

La magistrada ha incorporado estos vídeos al procedimiento para que puedan ser tenidos en cuenta en el recurso, subrayando que el juzgado “no es el lugar para investigar bulos de miles de asesinados ni tampoco para investigarme a mí con el resultado que pretende su cliente”.

Obstaculización del proceso

Hasta ahora, la instructora había evitado pronunciarse sobre lo que calificó de “campaña de denigración” contra su persona, por producirse fuera del procedimiento. Sin embargo, advierte que al haberse tratado de introducir en la causa, “obstaculiza el avance del proceso” y constituye “una postura inadmisible en fraude procesal”.

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