21 de mayo de 2025
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La Justicia avala decisión de Calp sobre caducidad de licencia hotelera en Les Salines

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La Justicia ratifica la caducidad de la licencia del hotel cerca de Les Salines en Calp

La Justicia ha respaldado la decisión del Ayuntamiento de Calp de anular la licencia para la construcción de un hotel con dos torres de 35 alturas en una parcela cercana a Les Salines, otorgada en diciembre de 2017 a la empresa Sol de Calpe. Así lo informaron este miércoles fuentes municipales. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Alicante ha rechazado el recurso presentado por la empresa y ha considerado que la decisión del consistorio está “conforme a derecho”. Cabe destacar que se trata de una sentencia en primera instancia, por lo que es posible interponer un recurso.

El Ayuntamiento de Calp determinó la caducidad de la licencia tras comprobar que había vencido el plazo de ejecución sin que las obras hubieran comenzado, además de haberse aprobado la modificación D14 del Plan General de Ordenación Urbana de Calp, que establecía nuevas normativas a las que la licencia concedida no se ajustaba.

En su recurso, la empresa argumentaba que la caducidad de la licencia no procedía debido a una serie de circunstancias que habían impedido el inicio de las obras desde su concesión. Mencionaron el recurso contencioso-administrativo presentado por la Generalitat Valenciana en 2018, que llevó a la suspensión de la licencia y que fue desestimado, al igual que el recurso de apelación posterior, con sentencia del TSJ declarada firme el 10 de septiembre de 2021.

Además, la compañía aseguraba haber manifestado en varias ocasiones, mediante escritos presentados al Ayuntamiento, su intención de iniciar las obras, por lo que no consideraban que hubiera “una conducta de abandono o desistimiento de su intención de edificar”.

Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo no aceptó estos argumentos. En su sentencia, destaca que la parte demandante solo manifestó su deseo de ejecutar las obras, pero califica esta declaración como “vacía de contenido”. Añade que “desde la declaración de firmeza de la sentencia de la Sala el 10 de diciembre de 2021, no se ha llevado a cabo ninguna acción concreta para ejecutar la obra”.

El fallo también aborda el aspecto financiero, señalando que la empresa no tenía financiación para llevar a cabo el proyecto. Además, subraya la falta de adecuación del proyecto a la modificación del planeamiento urbano: “Como señala la jurisprudencia, la licencia garantiza el derecho a la edificación, pero no la inmutabilidad del régimen urbanístico”.

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