El COVID-19 supuso un antes y un después en la vida de este valenciano: el descenso de sus ingresos debido a un ERTE parcial le llevó a no poder afrontar sus gastos mensuales en 2020 y acumular varios préstamos para salir adelante.
La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha logrado esta semana la sentencia que cancela todas sus deudas aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad.
Sale así de todo fichero de morosidad y del Informe CIR del Banco de España (CIRBE).
Solución a la insolvencia: qué hacer si no puedes devolver los préstamos
El caso de esta protagonista demuestra que tener estabilidad laboral en el presente no te salva de tener problemas financieros. Este valenciano (M. B) disponía de una nómina considerable que, junto a los ingresos de su cónyuge, les permitía satisfacer tanto los gastos corrientes como la devolución de sus créditos.
Las complicaciones llegaron sobrevenidamente con el inicio de la pandemia y el Estado de Alarma declarado en marzo de 2020. Los ingresos se vieron disminuidos ante la reducción de su jornada laboral y esto obligó a este deudor a solicitar más créditos para pagar los ya contratados. Generando así un efecto “bola de nieve”.
A mediados de 2020 eran casi 90.000 euros los que debía y decidió reflexionar y buscar otra solución que no fuese sacar más préstamos y tarjetas. En septiembre de 2020 escuchó hablar sobre de la “Ley de la Segunda Oportunidad”, procedimiento para las personas que no pueden pagar todas sus deudas, y contactó con los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento para informarse de si se podía acoger.
Tras el estudio de su caso, los letrados aseguraron a la interesada que terminarían con uno de los dos posibles fines del proceso. “Existen dos fines posibles cuando un deudor se acoge a la Ley de la Segunda Oportunidad: conseguir una rebaja de la deuda total con un plan de pagos asumible o lograr el perdón del 100% de las obligaciones”, así lo explica Andrea Olcina, abogada de la Asociación.
Pasos que se han de dar en la Ley de la Segunda Oportunidad
La primera actuación realizada por los abogados fue avisar de la insolvencia a los Juzgados de Valencia. Con ello, el deudor obtendría el primer beneficio: no debe pagar nada y suspender posibles embargos hasta el fin del proceso. “El respiro obtenido tras este escrito no es solo económico, también anímicamente”.
El segundo paso consistía en plantear una propuesta de acuerdo a todos los acreedores (bancos y entidades financieras). Este trámite se hizo ante notario para que quedara demostrada la buena fe por parte de la beneficiada. Fue rechazado por los acreedores, que lo vieron insuficiente, pero el hecho que tal acto sea ajeno a su voluntad otorga el derecho a la cancelación de la totalidad de las deudas.
El último paso era, tras constatar la imposibilidad de llegar a un acuerdo, presentar demanda de concurso de acreedores y solicitar tal derecho. Los abogados lo hicieron efectivo en el Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Quart de Poblet, quedando resuelto este mes de julio.
En este caso, el vehículo del asociado no se incluyó en el proceso de liquidación. “Argumentando la necesidad que tiene para el interesado y la carencia de valor económico, el bien no corre riesgo alguno”, detalla la letrada.
Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad
Los requisitos en términos generales son la insolvencia del deudor y que este sea considerado un deudor de buena fe. Concretamente, el Juez y la Administración Concursal deben confirmar este último extremo atendiendo a algunos datos objetivos.
Estos, según nos confirma Andrea son: “que la cuantía total de la deuda no supere los 5 millones de euros, que el deudor no tenga antecedentes penales económicos y haya intentado un acuerdo extrajudicial con sus acreedores”.
Una vez comprobados estos presupuestos no había discusión. El Juez ha dictado sentencia concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) y cancelando los 89.716 euros.
La Ley de la Segunda Oportunidad sigue creciendo en cuanto a cantidad y calidad de su aplicación. Son más de 80 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que llevamos de 2022. Otras sentencias interesantes recientes son la conseguida el pasado 8 de marzo en Albacete, que cancela deudas de Derecho Público, o la lograda en Valencia el pasado 8 de febrero, que permite conservar la vivienda de los concursados también. Todas las sentencias son de acceso gratuíto en su web.