
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, desestima el recurso de apelación interpuesto por María S, como autora de un delito continuado de hurto, con la concurrencia de la circunstancia agravante de obrar con abuso de confianza, a la pena de diecisiete meses de prisión y en la cantidad de 2.407 euros, por el valor de las joyas sustraídas, y a los herederos.
En fechas no concretadas pero comprendidas entre los meses de septiembre de 2011 y mayo de 2012, la acusada con la intención de obtener un ilícito beneficio a costa de lo ajeno, y valiéndose de la confianza en ella depositada, se apoderó en diferentes ocasiones de numerosas joyas que se encontraban en los domicilios, a los que tenía acceso como cuidadora, cogiéndolas del interior de una caja metálica Que la acusada también sustrajo un día no concretado del mes de mayo de 2012, 50 euros en efectivo del interior de un bolso. Que la acusada vendió las referidas joyas en casas de compraventa que han sido valoradas en la cantidad de 2.749 euros.De las cuales solo han podido ser recuperadas seis joyas .