La Audiencia de Alicante revoca la sentencia a un menor por abusos a su hermanastra. Revoca la sentencia dictada por el Juzgado de Menores n° 2 de Alicante en 2014, absolviendo al menor del delito de abuso sexual por el que había sido condenado por destruir el principio de presunción de inocencia del recurrente, al condenarle en base a una pericial psicológica no contrastada en la instancia con otra pericial que debidamente solicitada no se admitió por la juzgadora y no es lógico ni creíble que los hechos sucedieran en la forma que relata la menor; por la noche, en un domicilio con 9 0metros, en una habitación contigua a la de la madre,sin que nadie se enterara.
Los hechos que se narraron y por el que fue juzgado el menor sucedían a mediados del año 2012 y marzo del 2013, el entonces menor, ahora de 19 años, cuando se encontraba en el domicilio de sus padres en Alicante, al pasar en este los fines de semana y períodos vacacionales, procedía a introducirse en la cama donde dormía,se hermanastra, ahora tiene de 5 años hija de la pareja de su padre, haciéndolo en calzoncillos y realizando tocamientos por encima de la ropa en el cuerpo de la niña así como en sus partes Íntimas y nalgas, realizando estos actos en varias ocasiones y produciéndole enrojecimiento y escozor, sin que conste el alcance del mismo.
La madre acudió al centro sanitario en 2013 exponiendo los hechos relatados declinando la interposición de la denunciaen el centro sanitario relató una serie de hechos sobre tocamientos realizados por el hijo de su pareja, a su hija, que le había contado la propia niña de cuatro años de edad, que no han sido acreditados.como autor criminalmente responsable de un delito de abuso sexual, ya definido, la medida se le impusieo fue de 18 meses de internamiento en régimen semiabierto seguido de un año de libertad vigilada..