23 de octubre de 2014
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El tribunal que condenó a Carlos Fabra, contrario a su indulto

Foto lasexta

“No concurren motivos de equidad ni de justicia que hagan aconsejable el indulto solicitado”, señala

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha emitido un informe desfavorable a la concesión del indulto al ex presidente de la Diputación, Carlos Fabra, condenado a cuatro años de cárcel por cuatro delitos contra la Hacienda Pública.

El Tribunal que condenó a Fabra y que recientemente acordó suspender provisionalmente su ingreso en prisión hasta que el Ministerio de Justicia se pronunciara sobre su petición de indulto, ha informado “en sentido desfavorable” a la petición del penado por entender que “no concurren motivos de equidad ni de justicia que hagan aconsejable el indulto solicitado”.

Según Anticorrupción, el indulto debe ser la última herramienta de individualización cuando no existan mecanismos ordinarios para adecuar la pena impuesta a parámetros de proporcionalidad y evitar así excesos, pues sólo la pena necesaria es la constitucionalmente legítima.

Desde este punto de vista, indica que las sentencias dictadas por los tribunales de justicia “deben ser acatadas, respetadas y ejecutadas” en su integridad, “pues lo contrario iría en contra de los principios básicos de democracia y del derecho a la tutela judicial efectiva del ofendido que, en este caso, somos los ciudadanos españoles, al haber resultado la Hacienda Pública perjudicada por los delitos fiscales cometidos por el condenado “.

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