Una investigación iniciada por la Fiscalía Provincial de Valencia ha obligado a la Junta de Desagüe de l’Albufera a adoptar una serie de medidas tras descender el nivel del agua en el parque natural, según ha podido saber Europa Press. Entre ellas, se ha comprometido a someter a autorización previa el bombeo de desagüe del lago y a facilitar, con carácter mensual, toda la información referente al agua bombeada y mediciones de salida por las golas, así como del nivel del lago mantenido el mes anterior.
El ministerio público abrió en 2016 un procedimiento de responsabilidad medioambiental a la Junta de Desagüe por posible daño producido en el lago del parque natural y relativo a la disposición de los caudales hídricos y desagüe del mismo sin sujeción a criterios de protección y sostenibilidad medioambiental.
En el marco de la investigación, la Fiscalía instó a la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural a que iniciara un procedimiento de exigencia de responsabilidad medioambiente a la Junta.
Unos meses más tarde, la Dirección General de Medio Natural inició el procedimiento y en septiembre de 2017 se alcanzó un acuerdo con la Junta. Uno de los puntos que contempla este pacto es que el manejo de las compuertas de Pujol, Perelló y Perellonet deberá realizarse teniendo en cuenta algunos criterios relativos al nivel idóneo del lago.
También se establece que el manejo de las compuertas se realizará de forma que se consiga la existencia de una comunicación entre el lago y el mar durante la mayor parte del año posible para favorecer la entrada de especies piscícolas, así como el mantenimiento de los niveles del lago con el fin de evitar mortandades de peces por falta de oxigenación, inadecuado mantenimiento de las golas o estancamiento de las aguas.
Por otro lado, la Junta someterá a autorización previa de la Dirección General el bombeo de desagüe del lago realizado con las bombas instaladas en las golas de Pujol y Perellonet.
En este punto se contempla que se considerarán como situaciones de emergencia aquéllas en las que el lago alcance un nivel de 45 cm en época de inundación invernal o de 20 cm el resto del año, siempre que no sea posible el desagüe natural a través de las compuertas. En estas circunstancias, la Junta actuará de forma necesaria para resolver la misma.
Así mismo, la Junta de Desagüe deberá facilitar, con carácter mensual, a la Oficina Técnica del Parque Natural, toda la información referente al agua bombeada y mediciones de salida por las golas, así como del nivel del lago mantenido el mes anterior.
En cuanto a la ejecución de las medidas, al establecerse con carácter permanente, se contempló que no procedía el establecimiento de fases o plazos, dado que en caso de incumplimiento las medidas fijadas se ejecutarán directamente por la conselleria competente.