Todos hemos escuchado hablar alguna vez de morosos, pero ¿sabemos realmente en qué consiste serlo, lo que conlleva y, sobre todo, cuáles son las soluciones a esa situación?
¿En qué consiste la morosidad?
Partiendo de la base de que existe un único fichero de solvencia, debemos conocer que ASNEF es quien tiene la titularidad de los datos mientras que EQUIFAX es quien los tramita y, por tanto, quien puede haber añadido tu nombre a un listado de morosos. De cualquier forma, este hecho debería ser notificado, y la ausencia de esta notificación podría ser motivo para salir de ello, siempre y cuando se acuda a ILM Abogados.
Algunas de las principales consecuencias de aparecer en este tipo de listas son las repercusiones morales y en el honor que conllevan. No obstante, no es un hecho definitivo e irreversible, sino que se puede solucionar de diversas maneras.
Las posibles soluciones
En primer lugar, lo que se debe hacer tras haber sido incluido de forma justa o injusta en un listado de morosos es buscar un abogado, preferiblemente que esté especializado en este asunto. Por ejemplo, en ILM Abogados están especializados en este tipo de casos y han ganado un gran número de ellos, liberando a sus clientes de aparecer en esas listas, eliminando la posible deuda y además obteniendo una indemnización por los daños causados.
Uno de los posibles casos es que se haya añadido el nombre por error o que, en cualquier caso, no se haya notificado de la manera apropiada. En estos casos es posible demostrar que el nombre debe desaparecer del listado de morosos y además obtener una indemnización por los daños causados.
No obstante, existe otro supuesto que es desconocido para muchas personas y, sin embargo, es también la solución para muchas otras. Se trata de la Ley de segunda oportunidad, mediante la cual aquellos que no pueden hacer frente a sus deudas e impagos pueden entrar en un proceso concursal que culmine con la renegociación de sus deudas con los acreedores o, incluso en última instancia, siendo exonerados de su pago.
Mediante esta ley, se logra solucionar la situación de sobreendeudamiento de la persona que se acoge a ella y, por ende, se consigue que salga del bloqueo económico y pueda comenzar de nuevo.
De cualquier forma, hay que tener en cuenta los requisitos necesarios para poder solicitar el acogerse a esta ley. En primer lugar, se debe poder acreditar que el patrimonio que se posee no es suficiente para hacer frente al pago de las deudas. Que la suma total estimada de las deudas no asciende a 5 millones de euros.
Además, se debe poder acreditar que se es un deudor de buen fe, es decir, que no se ha pasado por la protección de esta Ley en los últimos 10 años; que no se ha rechazado un puesto adaptado a las capacidades de la persona, poder probar que se ha intentado llegar previamente a un acuerdo con los proveedores, que no se ha cometido ningún delito de modo económico y no haber provocado la situación de insolvencia de forma voluntaria.
En cualquiera de los casos, la mejor solución es ponerse en manos de un bufete de abogados, como ILM Abogados que tiene especialización en estos problemas económicos y dejarse aconsejar por profesionales del sector que puedan estudiar cuál es el caso concreto de la persona y que posteriormente puedan ayudar darle una solución. Aunque sean casos poco conocidos o que pensemos que no tienen una solución, hablar con especialistas puede ayudarnos también a entender realmente el problema y a saber qué pasos dar después.