La Fundación Visit Valencia ha defendido la legalidad, transparencia y rigor técnico de sus procesos selectivos tras las acusaciones formuladas sobre una supuesta subrogación encubierta de trabajadores del Consorcio Valencia 2007.
La entidad niega de forma categórica cualquier irregularidad y asegura que los procedimientos se desarrollaron con pleno respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad recogidos en el artículo 55 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), así como con garantías de imparcialidad por parte de los tribunales de selección.
Plazas creadas en 2018 y vinculadas al Plan Estratégico
La Fundación recuerda que las plazas ofertadas fueron creadas en diciembre de 2018, en el marco de la nueva estructura organizativa prevista en el Plan Estratégico de Turismo 2017-2020, y que se encontraban vacantes desde entonces.
Según explica, los procesos no responden a ninguna integración automática de personal, sino a convocatorias públicas diseñadas conforme a derecho.
Requisito de pertenecer al sector público en activo
En relación con el requisito de pertenecer al sector público en activo, la Fundación aclara que no se trata de un criterio discrecional, sino de una posibilidad prevista expresamente en la Disposición Adicional Vigesimosegunda de la Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
Dado que la entidad carece de tasa de reposición propia y que esta no ha sido suprimida por el Estado, esta fórmula constituía —según la Fundación— la única vía legal para poder convocar y cubrir las plazas vacantes.
Procesos declarados desiertos y plaza adjudicada
La Fundación detalla que las convocatorias correspondientes a las plazas de técnico jurídico y técnico de comunicación fueron declaradas desiertas al no presentarse aspirantes que cumplieran los requisitos establecidos en las bases.
En cuanto a la plaza de administrativo, se presentaron candidatos procedentes de distintas administraciones públicas y fue propuesto aquel aspirante que superó todas las pruebas previstas en el proceso selectivo, que incluía fase de oposición y fase de concurso.
La entidad subraya que las bases se elaboraron tomando como referencia convocatorias anteriores de naturaleza similar, incorporando únicamente la exigencia de pertenecer al sector público en activo por las limitaciones derivadas de la tasa de reposición.
Garantías de imparcialidad y trazabilidad
La Fundación Visit Valencia sostiene que los tribunales cumplieron con los requisitos de independencia e imparcialidad exigidos por la normativa vigente.
Además, señala que todo el procedimiento se encuentra documentado en el expediente administrativo correspondiente, que incluye bases, pruebas, criterios de evaluación, puntuaciones, informes y actas.
Desde el punto de vista formal y material, la entidad afirma que no existe vulneración de los principios constitucionales de acceso al empleo público y añade que el informe de auditoría municipal no recoge observaciones adversas sobre estos procesos.