19 de agosto de 2026
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Una higienista dental logra una pensión de gran invalidez de más de 5.000 euros tras ganar a la Seguridad Social

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid mantiene el reconocimiento de gran invalidez de una trabajadora que quedó con graves secuelas físicas y psicológicas después de una operación. La sentencia considera acreditado que necesita la ayuda de otra persona para realizar actos esenciales de la vida cotidiana.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado el reconocimiento de una gran invalidez a una higienista dental que sufre graves secuelas permanentes tras una intervención quirúrgica y necesita la asistencia de terceras personas para desarrollar actividades básicas de su vida diaria.

La resolución desestima el recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia que había elevado la incapacidad permanente absoluta inicialmente reconocida a la trabajadora al grado de gran invalidez.

El cambio tiene una importante consecuencia económica: a la prestación calculada sobre una base reguladora de 3.401,23 euros se añade un complemento mensual de 1.788,03 euros, por lo que la cuantía resultante supera los 5.000 euros mensuales, según los datos recogidos en la resolución.

Las graves secuelas que padece tras una operación

El caso tiene su origen en las consecuencias sufridas por la trabajadora después de una intervención quirúrgica.

Entre las secuelas permanentes acreditadas figuran disfagia persistente, desnutrición severa, limitaciones de movilidad cervical y de los miembros superiores asociadas al dolor, inestabilidad durante la marcha y un trastorno mixto ansioso-depresivo.

Estas limitaciones no solo le impiden desarrollar su actividad profesional, sino que condicionan aspectos esenciales de su autonomía personal.

La trabajadora necesita supervisión o ayuda para actividades como bañarse, vestirse, utilizar el baño y desplazarse.

También precisa asistencia para otras tareas cotidianas como realizar compras, cocinar, lavar la ropa, encargarse de labores domésticas o utilizar medios de transporte.

De la incapacidad permanente absoluta a la gran invalidez

La Seguridad Social reconoció inicialmente a la trabajadora, el 3 de noviembre de 2023, una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común.

La prestación quedó establecida sobre una base reguladora de 3.401,23 euros.

Posteriormente, un Juzgado de lo Social consideró que las limitaciones de la higienista dental justificaban elevar el reconocimiento al grado de gran invalidez.

La diferencia resulta fundamental porque este último grado está reservado para situaciones en las que la persona necesita la asistencia de otra para realizar actos esenciales de la vida.

La sentencia mantuvo la base reguladora e incorporó una prestación adicional de 1.788,03 euros mensuales destinada precisamente a compensar esa necesidad de asistencia.

La Seguridad Social recurrió la decisión

Tanto el INSS como la Tesorería General de la Seguridad Social presentaron un recurso de suplicación contra la decisión judicial.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso, manteniendo así el grado de gran invalidez reconocido previamente.

El tribunal considera determinante la situación funcional de la trabajadora y la necesidad de recibir ayuda para actividades fundamentales como vestirse, desplazarse, asearse o comer.

A ello se suma la asistencia que requiere para las tareas domésticas y determinados desplazamientos.

Qué significa tener reconocida una gran invalidez

El elemento clave del caso no reside únicamente en que la trabajadora no pueda continuar desempeñando su profesión.

Para reconocer una gran invalidez resulta esencial la necesidad de asistencia de otra persona para determinados actos fundamentales de la vida, circunstancia que los tribunales han considerado acreditada en este procedimiento.

Por eso, el reconocimiento conlleva un complemento económico respecto a la pensión correspondiente por incapacidad permanente.

En este caso concreto, la suma de las cantidades reconocidas hace que la prestación resultante supere los 5.000 euros mensuales.

La cuantía, sin embargo, responde a las circunstancias particulares de esta trabajadora, incluida su base reguladora y el complemento reconocido, y no significa que todas las pensiones de gran invalidez alcancen esa cantidad.

El TSJM rechaza también las alegaciones sobre el informe forense

Otro de los aspectos abordados durante el procedimiento fue el relacionado con el informe forense.

El tribunal considera que determinadas alegaciones formuladas sobre este documento no podían prosperar en esta fase del procedimiento porque la parte recurrente no había solicitado formalmente modificar los hechos probados establecidos en la sentencia inicial.

Esos hechos habían sido fijados por el juzgado después de valorar conjuntamente las pruebas aportadas al procedimiento.

La decisión del TSJM mantiene así el pronunciamiento favorable a la higienista dental y consolida el reconocimiento de una gran invalidez derivada de enfermedad común, con el correspondiente complemento económico por necesitar ayuda de terceros para desenvolverse en actividades esenciales de su vida cotidiana.

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