La resolución dictada por e
l Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valencia en la que estima parcialmente la demanda presentada por el arquitecto Calatrava contra Esquerra Unida por intromisión al honor por las manifestaciones que se recogían en la página www.calatravatelaclava.com.
Según la demanda de Calatrava, está siendo “sistemáticamente lesionado en su derecho al honor por parte de la demandada, el partido político Esquerra Unida del País Valencia, a través de la de web calatravatelaclava.com, en la además se reproducen y difunden noticias relacionadas con su actividad profesional que están causando graves perjuicios tanto de índole moral como económico. A la cual se puede acceder además desde una red social.”
El juzgado a estimado la demanda interpuesta a Esquerra Unida del País Valenciá, EUPV como autora de una una intromisión ilegitima en el derecho fundamental al honor del demandante el Sr. Calatrava, a través de la creación, registro y difusión del dominio y la web www.calatravatelaclava.com y en consecuencia condena a suprimir y cesar la utilización de dicho dominio deforma directa o a través del enlace en su pagina de Facebook en un plazo máximo de 20 días y a indemnizar al demandante con 30.000 euros.
Según declaraciones de Ignacio Blanco: “No compartimos la sentencia y vamos a estudiar la presentación de un recurso”
Valencia noticias/ Redacción