Valencia Noticias | Redacción.- En la Comunidad Valenciana se podrá desgravar hasta 100 euros del dinero destinado a material escolar, por cada hijo, siempre que el contribuyente se encuentre en paro o tenga una base imponible inferior a los 24.000 euros en tributación individual y 38.800 en conjunta. Además, el 15% del dinero de la guardería o centro de primer ciclo de educación infantil también podrán desgravarse bajo las mismas condiciones.
Los contribuyentes valencianos tienen la posibilidad de deducir por las cantidades destinadas a la adquisición de material escolar hasta un máximo 100 euros por cada hijo. Sin embargo, sólo podrán acceder a ella los contribuyentes que se encuentren en desempleo y cuya base imponible no supere los 24.000 euros en la declaración individual y 38.800 euros en declaración conjunta.
Además, también cuentan con una ayuda para las cantidades destinadas a guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos menores de tres años. De esta forma, podrán desgravar un 15% de las cantidades satisfechas por este concepto siempre que la suma liquidable general y de la base liquidable del ahorro no superen los 24.000 euros en declaración individual y los 38.800 en declaración conjunta.
Los requisitos que hay que cumplir para poder aplicarse dicha deducción:
La deducción se aplicará por cada hijo y sólo por las cantidades destinadas a la adquisición de libros de texto editados para educación primaria y educación secundaria obligatoria, con los siguientes límites:
a) En las declaraciones conjuntas, los contribuyentes para los que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro se encuentre comprendida en los tramos que se indican a continuación, podrán deducirse hasta las siguientes cuantías:
– En el supuesto de contribuyentes que no tengan la condición legal de familia numerosa: hasta 12.000 euros, 100 euros por hijo; entre 12.000,01 y 20.000,00 euros, 50 euros por hijo; y entre 20.000,01 y 25.000,00 euros, 37,50 euros por hijo.
– En el supuesto de contribuyentes que tengan la condición legal de familia numerosa: por cada hijo, una cuantía fija de 150 euros.
b) En las declaraciones individuales, los contribuyentes para los que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro se encuentre comprendida en los tramos que se indican a continuación, podrán deducirse hasta las siguientes cuantías:
– En el supuesto de contribuyentes que no tengan la condición legal de familia numerosa: hasta 6.500 euros, 50 euros por hijo; entre 6.500,01 y 10.000,00 euros. 37,50 euros por hijo; y entre 10.000,01 y 12.500,00 euros, 25 euros por hijo.
– En el supuesto de contribuyentes que tengan la condición legal de familia numerosa: por cada hijo, una cuantía fija de 75 euros.
La deducción resultante debe minorarse en la cantidad correspondiente a las becas y ayudas percibidas, en el período impositivo de que se trate, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de cualquier otra Administración Pública que cubran la totalidad o parte de los gastos por adquisición de los libros de texto señalados y para la aplicación de la deducción sólo se tienen en cuenta aquellos hijos que den derecho a la reducción prevista en concepto de mínimo por descendientes y se exige, según los casos:
– Con carácter general, que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no supere la cuantía de 25.000 euros en tributación conjunta y de 12.500 euros en tributación individual.
– En el supuesto de contribuyentes que tengan la condición legal de familia numerosa, que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no supere la cuantía de 40.000 euros en tributación conjunta y de 30.000 euros en tributación individual
Deducciones de gastos escolares en el IRPF
Hay quienes prefieren esperar a última hora para saber qué topa les vale todavía a sus hijos y quienes no quieren dejar pasar la oportunidad de ahorrar con las promociones de la vuelta al cole. Para quienes se estrenan en ‘el cole de mayores’ no hay opción posible y, como se afanan en repetir las madres y padres con más experiencia, el uniforme es mejor comprarlo cuanto antes por cuestión de tallas.