La magistrada del juzgado de lo penal número cuatro de Valencia ha condenado a siete meses de cárcel a Josefa Ll.P., la mujer que el 3 de abril de 2010 hurtó el cuadro ‘El Santero de la Cofradía‘ de Joaquín Sorolla del Museo Benlliure de Valencia. Asimismo, le impone una medida de seguridad de libertad vigilada consistente en tratamiento ambulatorio durante un año en un centro médico adecuado al trastorno obsesivo compulsivo que sufre la acusada.
¨Se puede concluir que los trastornos que padece la acusada tienen relación directa con los hechos enjuiciados y su trastorno le llevó a sustraer una obra de arte. De hecho, una visita al médico un mes después de los hechos reflejó que se encontraba bien porque había adquirido dos cuadros nuevos, por lo que parece ser que asocia los estados positivos con la adquisición de obras de arte¨, según figura en la sentencia que ha facilitado el gabinete de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La jueza ha dictado esta sentencia tras considerar probados los hechos por la prueba practicada en el juicio, en el que no estuvo presente la acusada, aunque esta circunstancia no impide su condena “puesto que se han respetado sus derechos constitucionales, entre ellos, el derecho a la defensa”. Además, la defensa no negó los hechos.
La sentencia considera probado que la acusada, sobre las 9.30 horas del 3 de abril de 2010, se dirigió al Museo Benlliure de Valencia donde, tras visitar varias salas, se introdujo en la dedicada a Joaquín Sorolla, en la que descolgó el cuadro, que lleva la dedicatoria de a ‘Pepinno Benlliure’, le quitó el marco y se lo llevó.
La pieza, una obra “sobradamente conocida, estudiada y publicada”, que forma parte de la colección del Museo y del Inventario General de Patrimonio Cultural Valenciano, fue recuperada en la casa de la acusada y entregada al ayuntamiento, que no reclamó nada en la vista al no haber sufrido el cuadro ningún desperfecto.
La acusada está diagnosticada de un trastorno mental crónico, trastorno obsesivo compulsivo y alteración de la conducta con trastorno fóbico, por lo que tiene una discapacidad del 58 por ciento, lo que hizo que en ese momento tuviera minoradas de forma grave sus facultades intelectivas y volitivas.
Uno de los agentes de policía que declaró en la vista explicó que recibieron la denuncia del hurto del cuadro e iniciaron una investigación por internet de posibles salidas de obras de arte y por anticuarios, en la que no se obtuvo resultados. La grabación del día de los hechos permitió ver a una señora “con actitud sospechosa” que se paraba en los cuadros, llegaba a tocarlos y manipuló el Sorolla.
Los investigadores concluyeron que la persona podía tener algún trastorno mental, por lo que se hicieron averiguaciones a través de centros de salud, que permitieron identificar a la señora, a la que se le hizo un seguimiento por si tenía algún contacto con marchantes o anticuarios. Sin embargo, llevaba una vida “muy normal”, por lo que solicitaron un registro domiciliario de su vivienda, en la que localizaron la obra.
A los agentes les resultó significativo que la mujer tenía toda la casa decorada con obras de arte e intervinieron entre cuatro y cinco cuadros que posteriormente le devolvieron al no poder determinar su origen ilícito.
En el juicio, el fiscal pidió la aplicación de una eximente incompleta de alteración mental, rebajando la pena en un grado y solicitando una medida de seguridad, a la que se adhirió la defensa. La magistrada explica que la oportunidad de apreciar esta circunstancia ya venía determinada por los datos obrantes en la causa, en la que los informes médicos señalan que la acusada sufre un TOC desde los 19 años.
VLCCiudad/Redacción