9 de mayo de 2018
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El Constitucional tumba la investidura a distancia de Puigdemont

constitucional
El Tribunal de Garantías ha admitido por unanimidad el recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy y ha dejado en suspenso la eficacia o validez del acuerdo adoptado el viernes pasado por el Parlament de Cataluña por el que se aprueba la modificación de la Ley de presidencia.

Agencias/.- El Tribunal de Garantías ha admitido por unanimidad el recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy y ha dejado en suspenso la eficacia o validez del acuerdo adoptado el viernes pasado por el Parlament de Cataluña por el que se aprueba la modificación de la Ley de presidencia y se autoriza que el candidato pudiera ser votado y elegido a distancia si necesidad de su presencia física de la Cámara autonómica.

Los jueces suspenden la Ley al menos durante los próximos cinco meses hasta que dicten una sentencia que resuelva sobre el fondo del asunto. Mientras tanto, le han dado traslado de esta demanda al Parlament para que alegue lo que considere oportuno.

Para que esta suspensión sea efectiva tiene que estar publicada en el BOE (Boletin Oficial del Estado), que es precisamente el trámite que espera Puigdemont para hacer público a su candidato.

La suspensión de la norma incluye además de la investidura telemática, la anulación provisional de los artículos de la ley que autorizan las reuniones del Govern para que se puedan celebrar a distancia y también que la reforma se haya realizado por lectura única.

Los magistrados son conscientes de la trascendencia de este asunto porque nunca antes se había planteado y para la deliberación del recurso, tienen previsto unir otra demanda presentada por Ciudadanos contra el acuerdo de la mesa del Parlament que permite el voto delegado de Comín y Puigdemont.

Los jueces ya advirtieron que el recurso de Ciudadanos trasciende del caso concreto y suscita una cuestión jurídica relevante que tiene, además, unas consecuencias políticas generales porque “plantea un problema que afecta a una faceta de un derecho fundamental susceptible de amparo sobre el que no hay doctrina de este Tribunal ”.

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