26 de abril de 2021
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El Consell acepta la transmisión de la titularidad de los terrenos e instalaciones de Feria Valencia realizada por el Ayuntamiento de Vàlencia

– Esta mutación demanial se efectúa con la condición de que la Generalitat destine el inmueble a la promoción de ferias comerciales oficiales

– La Generalitat, como consecuencia de la subrogación en la posición jurídica como administración concedente, asume en su integridad los derechos y obligaciones sobre Feria Valencia

(26/04/2021) – Esta mutación demanial se efectúa con la condición de que la Generalitat destine el inmueble a la promoción de ferias comerciales oficiales

– La Generalitat, como consecuencia de la subrogación en la posición jurídica como administración concedente, asume en su integridad los derechos y obligaciones sobre Feria Valencia

El pleno del Consell ha aceptado la transmisión de la titularidad, mediante mutación demanial, realizada por el Ayuntamiento de València de los terrenos, edificios e instalaciones en los que se ubica la Feria de Muestras de València, tal y como publica el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.

La transmisión de la titularidad realizada por el Ayuntamiento de València se efectúa con la condición de que la Generalitat destine el inmueble a la promoción de ferias comerciales oficiales.

Además, la Generalitat queda subrogada en la posición jurídica del Ayuntamiento de València como administración concedente en el convenio suscrito entre este y Feria Valencia relativo a la concesión de los terrenos del recinto ferial, y a la ejecución del proyecto de ampliación y modernización, suscrito por ambas partes el 28 de febrero de 2002. De esta forma, la administración autonómica asume en su integridad todos los derechos y obligaciones sobre Feria Valencia como administración responsable de la concesión.

La Generalitat Valenciana mantendrá la titularidad de los bienes cedidos mientras continúen afectados al uso o servicio público que motiva la mutación demanial y, en caso contrario, se producirá su reversión a favor del Ayuntamiento de València, con la consiguiente recuperación inmediata de su titularidad.

Estos bienes inmuebles, que se aceptan libre de cargas y gravámenes y al corriente de cualquier gasto, tendrán que inscribirse a nombre de la Generalitat en el Registro de la Propiedad y en el Catastro.

Asimismo, se incorporarán al Inventario General de Bienes y Derechos de la Generalitat y, culminadas estas operaciones, se procederá a la adscripción expresa al departamento competente para la prestación del servicio público al cual están afectos los bienes.

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