Valencia Noticias | Redacción.- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, TSJCV, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la empresa Benteler Jit Valencia SAU contra la sentencia dictada a finales de 2014 por el Juzgado de lo Social número 12 de Valencia, ha confirmado que la empresa vulneró el derecho fundamental a la libertad sindical de la Sección Sindical de CGT.
Asimismo, ratifica la condena a la proveedora de Ford a indemnizar al sindicato con la “cantidad de 3.000 euros por los daños morales causados” y ordena el cese de la conducta vulneradora de la Ley Orgánica 11/1985 (negar la información solicitada al delegado sindical de CGT que no formaba parte del comité de empresa).
La denuncia sobre tutela de derechos fundamentales (libertad sindical) presentada a instancia de la Confederació General del Treball del País Valencià, se ha saldado pues con un auténtico varapalo judicial a la filial de la multinacional en Valencia.
La CGT-PV celebra esta sentencia y señala que el fallo judicial no sólo pone a la empresa en su lugar, sino que además, pone en evidencia la contumacia de la dirección.
Así, tal y como se constata en el texto de la sentencia, la empresa no sólo fue condenada judicialmente a restituir la sección sindical a la CGT (también el sindicato se vio obligado a interponer demanda para lograr que la empresa cumpliera la ley) sino que, continuando con la política antisindical hacia la CGT, se ha negado sistemáticamente a facilitar documentación requerida por la Sección Sindical anarcosindicalista.
Benteler Jit Valencia, argumentando que ya proporcionaba la información al Comité de Empresa (en el que UGT es mayoría con 5 delegados, mientras CGT cuenta con 4 representantes) y responsabilizando de la situación al hecho de que “el comité de empresa está formado por dos partes totalmente enfrentadas: CGT y UGT”, viene a demostrar lo que la Confederació lleva años denunciando: al ser un sindicato combativo e incómodo, la empresa se alía con un sindicato pancista y domesticado para tratar de vulnerar impunemente incluso derechos fundamentales, como el de libertad sindical.
Asimismo, la CGT-PV destaca, como información práctica para secciones sindicales que pueden estar viviendo una situación parecida, que, tal y como consta en la Ley Orgánica de Libertad Sindical “Los delegados sindicales, en el supuesto de que no formen parte del comité de empresa, tendrán las mismas garantías que las establecidas legalmente para los miembros de los comités de empresa o de los órganos de representación (…). Tener acceso a la misma información y documentación que la empresa ponga a disposición del comité de empresa…).”
En conclusión, la Confederación llama a exigir siempre el cumplimiento y respeto a derechos adquiridos tras decenios de lucha obrera y critica duramente todos aquellos comportamientos que, amparados en “negociación sindical”, suponen poner en bandeja a la patronal violaciones y recortes de derechos sociolaborales.