14 de julio de 2017
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Un juez condena a la UPV a indemnizar a una monitora a la que no contrató por estar embarazada

Anula a través de su auto la resolución emitida por el rector de la UPV -en la que se rechazaba a la mujer- por considerarla “contraria a derecho”

Condena a la UPV al pago de la suma que le hubiese correspondido percibir a la trabajadora y a sus correspondientes intereses

El juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Valencia ha estimado el recurso interpuesto por una mujer a la que la Universitat Politècnica de València rechazó como monitora de la Escola d’Estiu porque se encontraba en el quinto mes de embarazo cuando solicitó plaza.

El magistrado anula a través de su auto la resolución emitida por el rector de la UPV por considerarla “contraria a derecho” y reconoce el derecho de la demandante a que se le nombre como funcionaria interina por programa para el curso de la Escola d’Estiu 2016, con la reposición de todos los efectos económicos y administrativos.

 Entre ellos se incluye la condena al pago de la suma que le hubiese correspondido percibir a la trabajadora y a sus correspondientes intereses. También impone a la universidad a financiar las costas del procedimiento.

Contra la sentencia del Juez no cabe recurso ordinario.

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