La jueza que investiga la DANA: «Sin un mensaje hasta las 20:11, no se puede responsabilizar a los encargados de las carreteras»
La jueza encargada de la investigación sobre la devastadora DANA avanza en sus indagaciones tras la validación de los puntos clave de su instrucción por parte de la Audiencia. En una reciente resolución notificada el lunes, la magistrada ha decidido no citar como testigos al ex secretario de Estado de Seguridad, al secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, a los directores generales de Transportes y Logística y de Infraestructuras Viarias de la Generalitat, a la secretaria general de Adif y al director general de Carreteras de la Diputación de Valencia.
Estas diligencias fueron solicitadas por una acusación particular que representa a un fallecido en Cheste, víctima del desbordamiento de un barranco. La acusación sugería una especie de responsabilidad general de todas las Administraciones implicadas en la tragedia, centrándose ahora en la falta de cortes en las carreteras. Sin embargo, la jueza considera «absolutamente endeble» el argumento planteado, señalando además el desconocimiento que muestra sobre las competencias administrativas autonómicas y el concepto de posición de garante, esencial para atribuir homicidios imprudentes. «Si las autoridades competentes en protección civil no emitieron una alerta hasta las 20:11 horas, es difícil responsabilizar a los titulares de las vías donde ocurrieron los fallecimientos», argumenta la magistrada.
La resolución también destaca que muchas víctimas mortales se produjeron en vías urbanas, lo que, según esta línea acusatoria, implicaría atribuir la responsabilidad de las muertes a cada alcalde de los municipios afectados. Estas argumentaciones apuntan hacia una responsabilidad general de varias Administraciones, echo que coincide con las tesis defendidas por las defensas.
Asimismo, la jueza rechaza la solicitud de la misma parte para requerir a la Dirección General de Tráfico distintos datos sobre el estado de las carreteras e infraestructuras afectadas por la DANA del pasado 29 de octubre. La magistrada subraya que esta petición no es eficaz para los intereses de su cliente, ya que la víctima falleció en el interior de su domicilio y no durante un desplazamiento por carretera.