La Audiencia Provincial de Valencia ha decidido archivar provisionalmente el caso contra Carmen Fenollosa, exdirectora territorial de la Conselleria de Igualdad en Castellón y Valencia, investigada por su presunto encubrimiento de abusos a una menor tutelada cometidos por un educador social, exmarido de Mónica Oltra, exconsellera y antigua portavoz del Consell del Botànic. Según la resolución del 9 de mayo, el tribunal concluyó que la participación de Fenollosa se enmarcaba en un bloque que previamente había sido desestimado por no tener relevancia penal.
El tribunal rechazó los recursos presentados por otros seis altos cargos de la Conselleria encabezada por Oltra, quienes habían recurrido su procesamiento por ocultar los abusos y la formación de un expediente informativo tras la judicialización del caso. Con esta determinación, se mantiene el procesamiento de Oltra, quien no presentó recurso, y de 14 altos cargos más. Sin embargo, Fenollosa fue excluida por un error de interpretación, ya que los hechos que se le imputaban pertenecen a un “tercer bloque” que se descartó en junio de 2024 por falta de relevancia criminal.
Este conjunto de hechos involucraba la celebración del juicio contra el educador por los abusos y el traslado engrilletado de la menor para asistir al juicio, motivo por el cual no se emitió auto de procesamiento. El 20 de junio del año anterior, el Juzgado de Instrucción 15 de Valencia había transformado las diligencias en procedimiento abreviado siguiendo el mandato del tribunal que días antes había reabierto el caso, estimando los recursos de la víctima y de dos acusaciones populares, Vox y la asociación Gobierna-te.
El proceso, centrado en Oltra y 15 personas más, había sido previamente archivado por el mismo juzgado debido a la inexistencia de delito o encubrimiento. La Fiscalía sostenía esa visión. No obstante, la Audiencia argumentó luego que al conocer los abusos, las personas en la Conselleria posiblemente intentaron ocultarlos. El educador señalado fue readmitido en su trabajo en el centro de acogida, lo que puso a la menor en riesgo, según el tribunal.
Ante esta situación, el tribunal consideró que, en el momento procesal, no podía descartarse una infracción penal por no denunciar ni proteger a la menor. Estas cuestiones deberán resolverse en el juicio oral para clarificar las circunstancias y la tipicidad de los hechos.
En reacción a la decisión, Oltra publicó un mensaje en la red social X, mencionando “Dret a acusar” y acompañándolo con una imagen del inquisidor Bernardo Gui de ‘El nombre de la rosa’, sugiriendo una crítica al uso del principio ‘pro actione’, que favorece el derecho a acusar pero no suele aplicarse en el ámbito penal, según fuentes cercanas a la exconsellera.