20 de mayo de 2025
2 mins read

La Audiencia de Valencia desestima la querella contra la delegada del Gobierno por la DANA

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha ratificado la decisión del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja de no admitir a trámite la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, en el marco de la investigación penal relacionada con la dana, y ha excluido de la misma los daños materiales.

El tribunal también ha respaldado otras resoluciones de la jueza, como la exigencia de una fianza de 6.000 euros a la asociación Liberum para ejercer la acción popular y permitir a varios ciudadanos presentar acusaciones particulares, aun sin lesiones personales o fallecidos en sus familias pero habiendo sufrido daños materiales.

Asimismo, la sala ha desestimado un recurso presentado por la Asociación de Damnificados DANA Horta Sud Valencia contra una resolución judicial del 17 de febrero, donde se rechazó ampliar la investigación a los daños causados por imprudencia grave y a los presuntos delitos de omisión del deber de socorro y prevaricación omisiva.

En total, la Sección Segunda ha dictado cuatro autos este lunes desestimando recursos de apelación contra decisiones de la jueza de instrucción, según un comunicado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Hazte Oír había recurrido un auto del pasado febrero que inadmitió su querella contra Bernabé, alegando que la delegada del Gobierno tenía la potestad para declarar la emergencia nacional y argumentando que podía haber concurrencia de responsabilidades, algo que la sala ha desestimado por no identificar una posición de “garante” en los términos del Código Penal.

La sala ha subrayado que la Ley 13/2010 establece que la competencia en protección civil reside en la comunidad autónoma, aclarando que el Consell dirige y coordina las emergencias, y que corresponde a la conselleria competente gestionar el Centro de Coordinación de Emergencias y proponer al Ministerio del Interior declarar situaciones de interés nacional.

Además, la normativa establece que en situaciones de emergencia declaradas nivel 0, 1 y 2, corresponde a la Generalitat dirigir el plan, lo que implica que en la emergencia nivel 2 la Conselleria ejerce el mando único.

Por otro lado, la exclusión de los daños materiales de la investigación ha sido ratificada, ya que no se identifican elementos delictivos necesarios para admitir la querella en relación a dichas omisiones.

La respuesta al recurso de la asociación de damnificados indica que no se ha señalado ningún incumplimiento normativo flagrante o arbitrario por la falta de obras de mantenimiento en los cauces que se desbordaron el 29 de octubre de 2024.

La sala reconoce la magnitud de la catástrofe que afectó la provincia de Valencia y el dolor causado por sus consecuencias, pero señala que las demandas ciudadanas deben canalizarse adecuadamente, y que el procedimiento penal debe activarse solo cuando se cumplen los requisitos legales.

Finalmente, se descarta la existencia de indicios de delitos de omisión del deber de socorro o de prevaricación administrativa por omisión.

Previous Story

Mazón defiende la importancia del congreso del PP y respalda el liderazgo de Feijóo

Next Story

La Universitat de València se consolida entre los 50 mejores en Humanidades a nivel mundial según Scimago

Latest from Blog

La mejor tarifa de fibra y móvil de 2021

El mercado de las operadoras de telefonía en España es muy amplio, y por ello, escoger las mejores tarifas de fibra y móvil puede ser complicado. En concreto, en nuestro país existen
Go toTop