19 de mayo de 2025
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La Audiencia desestima investigar falta de obras en El Poyo tras lluvias extraordinarias

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### La Audiencia decide no investigar la falta de obras en el barranco del Poyo tras las lluvias de octubre

La Audiencia ha rechazado ampliar la investigación relacionada con la dana a los daños materiales ocasionados el 29 de octubre, tras las intensas lluvias. Esta solicitud había sido presentada por la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud Valencia y, aunque fue descartada inicialmente por la jueza, ahora ha recibido nuevamente el respaldo de los seis magistrados de la sección Segunda.

Las víctimas alegaban que los daños podrían haberse evitado o minimizado con una serie de intervenciones, como limpieza, reforestación, aumento del caudal y encauzamiento de barrancos, especialmente el del Poyo, donde se originó la tragedia. También señalaron que un aviso más temprano del sistema de mensajería masiva Es Alert podría haber evitado algunos daños, aunque la jueza concluyó que dicho mensaje llegó tarde.

El tribunal, además de identificar deficiencias en la querella como la falta de especificación de los daños y afectados concretos, examinó el fondo del asunto. Respecto a la solicitud de obras en los cauces: “No hay constancia de normas que exigieran la realización de obras para prevenir las consecuencias de incrementos de caudal”. Asimismo, se añade que no se encontró evidencia de que los organismos responsables de la gestión de cauces e inundaciones tuvieran un deber específico de realizar mantenimientos u obras concretas.

El tribunal concluyó que la omisión alegada no fue la causa de los daños generados por la dana. Los magistrados indicaron que un «suceso meteorológico explosivo» originó precipitaciones extraordinarias en poco tiempo, lo que podría haber tenido diferentes consecuencias y cursos causales que cambiaran el resultado dañoso en cada evento particular. No se identificó una relación directa entre la falta de intervención y las 228 muertes registradas.

La querella también sugirió que si el SMS masivo emitido a las 20:11 se hubiera enviado más temprano, habría sido posible prevenir los daños. Sin embargo, los magistrados señalaron que la propuesta es hipotética y carece de detalles específicos: “No se concreta qué mensaje habría sido necesario enviar para evitar o reducir los daños sufridos por los querellantes”.

La Sala recordó que para investigar los daños materiales bajo el supuesto de imprudencia, es necesario un relato donde la omisión se presente como un posible delito. No obstante, los querellantes no precisaron qué mensaje y en qué momento habría permitido minimizar o evitar daños materiales. Además, tampoco demostraron cómo una reacción anticipada podría haber conciliado los mensajes de protección de bienes materiales susceptibles de ser salvados con la debida protección de bienes jurídicos prioritarios, como la vida y la integridad física de las personas.

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